MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Romeo y Julieta Producciones Limitada

RUT 76802975-K CVE 2632290
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
21 de marzo de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
21 de marzo de 2025
Repertorio
2472-2025
Notario
MARÍA FERNANDA DE LOS SANTOS FERRAZ abogado
Oficio
27° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA FERNANDA DE LOS SANTOS FERRAZ abogado, Notario Público Suplente de la 27° Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número 0153, comuna de Providencia, certifico que por escritura pública de fecha 21 de marzo de 2025, repertorio n°2472-2025, otorgada ante la Notario Público Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, doña María Patricia Donoso Gomien, Evelyn del Pilar Galdames Vargas, Eliseo Salazar Valenzuela ambos en Av. Santa Teresa de Los Andes N° 9770, Dpto 502 B, Vitacura, RM, y Rodrigo Salazar Valenzuela, Linares N° 1371, Dpto 21, Providencia, RM, para modificar sociedad limitada, donde extracto lo siguiente: Nombre: “Romeo y Julieta Producciones Limitada”. Cesión de Derechos: Rodrigo Salazar Valenzuela, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales a don Eliseo Salazar Valenzuela por el precio de $500.000 enteramente pagados. Capital: $5.000.000.- íntegramente pagado de la siguiente forma: Evelyn del Pilar Galdames Vargas con $4.500.000.- y Eliseo Salazar Valenzuela con $500.000.- Administración y Uso Razón Social corresponderá a Evelyn del Pilar Galdames Vargas, la modificación amplía sus facultades, incluyendo expresamente las de establecer todo tipo de garantías sobre los bienes sociales tales como Cauciones, prendas civiles (con y sin desplazamiento) o industriales e hipotecas, todas las cuales pueden constituir a favor de terceros o de ella misma, teniendo la capacidad de autocontratar. En este mismo sentido, se otorga la facultad de constituirse en la encargada de la custodia y conservación de los bienes prendarios, así como la facultad de alzar dichas prendas. Todas estas facultades, así como aquellas descritas en el numeral OCTAVO de los Estatutos Sociales, no serán necesarias acreditar a terceros. - Domicilio: Santiago. - Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago,03 de abril de 2025.