CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

RENTAS DOÑA JAVIERA LIMITADA

CVE 2632381
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago con asiento en Lo Barnechea
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
19 de diciembre de 2024
Notario
Patricio Guillermo Corominas Mellado
Oficio
2° Notaría de Santiago con asiento en Lo Barnechea
Comuna
Santiago con asiento en Lo Barnechea

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
la duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de la escritura, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por periodos iguales

Objeto social

la Sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios de aquellas a que se refiere el artículo veinte, número dos, de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de rentas provenientes de capitales mobiliarios, entendiéndose por estos últimos aquellos activos o instrumentos de naturaleza mueble, corporales o incorporales, que consistan en frutos derivados del dominio, posesión o tenencia a título precario de dichos bienes. A modo de ejemplo, la Sociedad podrá obtener rentas de bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, la posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades de cualquier clase; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública. La Sociedad no podrá realizar, bajo ninguna circunstancia, ningún otro tipo de actividades. 4)

Administración

corresponderá conjuntamente a Eugenio Valenzuela Reymond y Bernardita Valenzuela Reymond, en la forma y con las facultades estipuladas en la escritura extractada. 6)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Patricio Guillermo Corominas Mellado, abogado, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Santiago con asiento en Lo Barnechea, Avenida La Dehesa N° 1.201, local 101, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifica: por escritura pública de fecha 19 de diciembre de 2024, ante mí: Inversiones Globo Rojo Limitada, Inversiones La Hermandad Limitada, South Star Investments Limitada e Inversiones Estrella del Norte Limitada, todas domiciliadas en Avenida Apoquindo N° 3.669, oficina 12, Las Condes, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: 1) Razón social: RENTAS DOÑA JAVIERA LIMITADA, pudiendo usar indistintamente la expresión abreviada RENTAS DOÑA JAVIERA LTDA. 2) Domicilio: ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. 3) Objeto: la Sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios de aquellas a que se refiere el artículo veinte, número dos, de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de rentas provenientes de capitales mobiliarios, entendiéndose por estos últimos aquellos activos o instrumentos de naturaleza mueble, corporales o incorporales, que consistan en frutos derivados del dominio, posesión o tenencia a título precario de dichos bienes. A modo de ejemplo, la Sociedad podrá obtener rentas de bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, la posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades de cualquier clase; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública. La Sociedad no podrá realizar, bajo ninguna circunstancia, ningún otro tipo de actividades. 4) Capital: el capital social asciende a la suma de $1.000.000, el cual es aportado y pagado íntegramente por los socios de la siguiente forma: a) Inversiones Globo Rojo Limitada aporta la suma de $250.000, equivalente al 25% del capital y derechos sociales; b) Inversiones La Hermandad Limitada aporta la suma de $250.000, equivalente al 25% del capital y derechos sociales; c) South Star Investments Limitada aporta la suma de $250.000, equivalente al 25% del capital y derechos sociales; y, d) Inversiones Estrella del Norte Limitada aporta la suma de $250.000, equivalente al 25% del capital y derechos sociales. 5) Administración, representación y uso de la razón social: corresponderá conjuntamente a Eugenio Valenzuela Reymond y Bernardita Valenzuela Reymond, en la forma y con las facultades estipuladas en la escritura extractada. 6) Duración: la duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de la escritura, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por periodos iguales. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 7 de abril de 2025.