FARMAVIDA SpA
Instrumento
- Fecha
- 31 de marzo de 2025
- Repertorio
- 2872-2025
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- Décima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
La sociedad será administrada por el Gerente General o representante legal, quien tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, incluyendo las facultades que señala el inciso segundo del artículo séptimo del Código de Procedimiento civil, las que se dan por expresamente reproducidas, por lo que gozará de todas las facultades de representación, administración y disposición que la Ley y estos estatutos no establezcan como privativas de los accionistas o de las Juntas Generales de Accionistas, es por ello que el uso de la razón social, la representación y la administración de la sociedad corresponderá al Gerente General quien ejercerá la representación legal de la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de los bienes sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Abogado, Notario Público Titular de la Décima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número mil doscientos ochenta y siete, comuna de Santiago. CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 31 de marzo de 2025, repertorio Nº2.872-2025, ante mí: Don JAIME ALEJANDRO MUHLEMANN AULAR, cédula nacional de identidad número veintiséis millones doscientos treinta y ocho mil ochocientos cincuenta y tres guión cero, venezolano, casado, Jefe de logística, domiciliado a estos efectos en Avenida Las Torres doscientos cincuenta, casa ciento ochenta y tres, comuna de Quilicura, Región Metropolitana, único accionista de la sociedad, según registro de accionista tenido a la vista por notario autorizante; modificó la sociedad por acciones “FARMAVIDA SpA” RUT setenta y seis millones ochocientos cuarenta y siete mil cuatrocientos setenta y uno guión cero, cuyos estatutos extracto: PRIMERO: Don JAIME ALEJANDRO MUHLEMANN AULAR en su calidad de único accionista, considera necesario ajustar las facultades del Gerente General a las nuevas necesidades que pueda tener la sociedad y es por ello que procede a modificar el Artículo Octavo de la sociedad que deberá leerse: “ARTÍCULO OCTAVO: De la Administración: La sociedad será administrada por el Gerente General o representante legal, quien tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, incluyendo las facultades que señala el inciso segundo del artículo séptimo del Código de Procedimiento civil, las que se dan por expresamente reproducidas, por lo que gozará de todas las facultades de representación, administración y disposición que la Ley y estos estatutos no establezcan como privativas de los accionistas o de las Juntas Generales de Accionistas, es por ello que el uso de la razón social, la representación y la administración de la sociedad corresponderá al Gerente General quien ejercerá la representación legal de la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de los bienes sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 03 de abril de 2025.