SERVICIOS DE SALUD Y CUIDADO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de febrero de 2025
- Notario
- CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CÁCERES
- Oficio
- Séptima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CÁCERES, Abogado, Notario Público Interino de la Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número 1161, entrepiso, comuna y ciudad de Santiago, ante mí, por escritura pública de fecha 19 de febrero de 2025, comparece: don PIO FRANCISCO VALDES VASQUEZ, con residencia en la ciudad Zúrich, Suiza y de paso por ésta; don RAFAEL ANDRES ROSSI SERRANO, con domicilio en esta ciudad, Los Olivos doce mil doscientos ochenta y nueve, casa doce, comuna de Las Condes; y don RODOLFO GONZALO HIDALGO NAVARRETE, con domicilio en esta ciudad, Las Flores Poniente dos mil setecientos cuarenta y nueve, comuna de Peñalolén, que han convenido en la siguiente Cesión de Derechos y Modificación de sociedad de SERVICIOS DE SALUD Y CUIDADO LIMITADA, Rut N° 76.091.019-8, cuyo extracto se inscribió a fojas ocho mil cincuenta y siete número cinco mil quinientos setenta del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2010. En efecto, el socio don PIO FRANCISCO VALDES VASQUEZ, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos, que corresponde a un tercio de los derechos sociales del cual es titular a sus actuales socios en los porcentajes y precio que se indica : A.- Don Rafael Andrés Rossi Serrano, quien compra, acepta y adquiere, la mitad de sus derechos, en la suma de ochocientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres pesos que paga en este acto al contado y en dinero efectivo, a entera satisfacción del cedente; B.- A don Rodolfo Gonzalo Hidalgo Navarrete, quien compra, acepta y adquiere, la mitad de sus derechos, en la suma de ochocientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres pesos que paga en este acto al contado y en dinero efectivo, a entera satisfacción del cedente. El socio cedente y los cesionarios, declaran a mayor abundamiento, que renuncian expresamente a la acción resolutoria que pudiera emanar de la cesión de derechos precedente. Con motivo de la cesión de derechos convenida precedentemente, se retira el socio Pío Francisco Valdés Vásquez y la sociedad queda constituida por los siguientes socios con la participación que a continuación se indíca: A.- Don RAFAEL ANDRES ROSSI SERRANO, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales; B.- Don RODOLFO GONZALO HIDALGO NAVARRETE, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales. Se conviene que las cláusulas del pacto social que no hubieren sido modificadas por el presente instrumento, continuaran vigentes y plenamente válidas. Demás estipulaciones, escritura extractada. Santiago, 02 de abril de 2025.