INVERSIONES SANTA LUISA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de enero de 2025
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO ANDRÉS PARDO KUSCHEL Notario Público , Conservador de Bienes Raíces, Vicuña Mackenna N° 80,Peumo, Certifico: por Escritura Pública de fecha 31 de enero del año 2025, ante mí, notario titular de esta notaría, doña ROSA ELIANA GONZÁLEZ PINTO, cédula nacional de identidad número 11.554.206-0, casada y separada totalmente de bienes, labores de hogar, domiciliada en Lote número cuatro, sector El Manzano, comuna de Las Cabras, provincia de Cachapoal, región del Libertador General Bernardo O´Higgins; doña DANIELA FERNANDA ACEVEDO GONZÁLEZ, cédula nacional de identidad número 18.212.464-8, soltera, empleada, con domicilio en Lote número cuatro, sector El Manzano, comuna de Las Cabras, provincia de Cachapoal, Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, ambas por si y en representación de INVERSIONES SANTA LUISA LIMITADA, denominada también por el nombre de fantasía “INVERSIONES SANTA LUISA LTDA”, rol único tributario número 76.138.667-0; inscrita a fojas 41 vta. N°46 del Registro de Comercio del año 2010 del Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de Peumo y Las Cabras y; don MATÍAS FELIPE ACEVEDO GONZÁLEZ, soltero, técnico profesional en turismo y enología, cédula nacional de identidad número diecinueve millones cuatrocientos once mil quinientos setenta y ocho guion cuatro, todos con domicilio en Lote número cuatro, sector El Manzano, comuna de Las Cabras, provincia de Cachapoal, región del Libertador General Bernardo O´Higgins, modificaron dicha sociedad en lo que a continuación se indica mediante escritura otorgada en la Notaría de Peumo y Las Cabras ante el Notario Público don Alejandro Pardo Kuschel, anotada en el Repertorio de Instrumentos Públicos a su cargo bajo el número ciento dieciocho del año dos mil veinticinco, inscrita a fojas cinco vuelta, número cuatro del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Peumo y Las Cabras correspondiente al año dos mil veinticinco. El extracto respectivo fue publicado en el Diario Oficial número cuarenta y cuatro mil ochenta y uno de fecha veintiuno de febrero del año dos mil veinticinco. Por un error involuntario, en la cláusula sexta de la Escritura Pública de modificación citada precedentemente, y en su respectivo extracto, se indicó que el capital de la sociedad se mantiene en la suma de veinte millones de pesos, más las utilidades que a la fecha la empresa pueda haber obtenido, sin perjuicio de que el monto correcto del capital societario aportado es la suma de treinta millones de pesos. SANEAMIENTO: Atendido lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos primero y siguientes de la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, los accionistas de la sociedad, doña ROSA ELIANA GONZÁLEZ PINTO, doña DANIELA FERNANDA ACEVEDO GONZÁLEZ y don MATÍAS FELIPE ACEVEDO GONZÁLEZ, todos ya individualizados, vienen por este acto y por el presente instrumento en sanear los vicios formales en que se incurrió en la Escritura Pública de modificación de la sociedad, en la publicación del extracto respectivo en el Diario Oficial y en la posterior inscripción del mismo en el Registro de Comercio del Conservador de Peumo y Las Cabras, en relación con la cantidad suscrita, aportada y pagada por los socios al modificar la sociedad, indicándose erróneamente en la cláusula sexta de la referida escritura de modificación y en el extracto publicado e inscrito que ésta sería de veinte millones de pesos, en circunstancias que la cantidad suscrita y pagada por los accionistas asciende a la suma de treinta millones de pesos.- Demás estipulaciones en la escritura extractada, en todo lo no modificado rige la escritura de constitución de fecha 30 de agosto de 2010.- Peumo, 02 de Abril de 2025.