MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

RSM CHILE TECHNOLOGY SpA

RUT 77363453-K CVE 2630758
Capital
$900.000.000 CLP
Fecha instrumento
21 de febrero de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
21 de febrero de 2025
Repertorio
5319-2025
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$900.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 21 de febrero de 2025, repertorio 5319-2025, ante mí, se redujo Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de “RSM CHILE TECHNOLOGY SpA”, celebrada el 20 de enero de 2025, en la cual, por unanimidad de acciones con derecho a voto, se acordó aumentar el capital de la sociedad en la suma de $900.000.000, esto es, de $100.000.000 a la suma de $1.000.000.000, mediante la emisión de 900 acciones de pago. En consecuencia, los accionistas sustituyeron los artículos Quinto Permanente y Primero Transitorio del Estatuto Social por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.000, divido en 1.000 acciones todas ordinarias, nominativas y sin valor nominal, que se ha pagado en la forma señalada en las disposiciones transitorias.”. “Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.000, dividido en 1.000 acciones, todas ordinarias, nominativas y sin valor nominal, que se ha suscrito y pagado y pagará de la siguiente manera: (i) Con la suma de $100.000.000, que corresponde a 100 acciones íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; (ii) Con la suma de $900.000.000, que corresponde a 900 acciones emitidas producto del aumento de capital acordado por la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 20 de enero de 2025, las que se encuentran suscritas y se pagarán en el plazo de tres años.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 17 de marzo de 2025.