LOTA VEDDE DOS S.A.
Instrumento
- Fecha
- 5 de marzo de 2025
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- Trigésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.722.377.210 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, abogado, Notario Público de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifica que: Por escritura pública de fecha 5 de marzo de 2025, repertorio número 3.231-2025, otorgada ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionista de LOTA VEDDE DOS S.A. (la “Sociedad”), celebrada con fecha 3 de marzo de 2025, en la que TRIPLENINE VEDDE A/S y don HANS PETER KOPPERNAES, accionistas de la Sociedad, aprobaron, entre otras materias, lo siguiente: 1) La fusión por incorporación de la Sociedad en LOTA PROTEIN S.A. (la “Absorbente”), adquiriendo esta última todos los activos, pasivos, derechos y obligaciones de la Sociedad, como su sucesora y continuadora legal e incorporándose a la Absorbente la totalidad del patrimonio de la Sociedad, la que quedará disuelta de pleno derecho sin necesidad de liquidación, aprobándose, asimismo, los balances de fusión; 2) Aprobar que la contribución efectiva de la Sociedad al capital de la Absorbente ascienda a $6.722.377.210, aumentándose el capital de la Absorbente en dicho monto, y que las acciones que le correspondan a TripleNine Vedde A/S y a don Hans Peter Koppernaes en la Sociedad sean canjeadas por acciones de la Absorbente en una relación de 0,9940572837, por lo que deberán emitirse 3.922.688 nuevas acciones de la Absorbente con cargo al aumento de capital, las que suscribirán los accionistas de la Sociedad en canje de sus acciones en la Sociedad y que pagará mediante la integración del patrimonio de la Sociedad con ocasión de la fusión. Le corresponderán 3.922.687 acciones de Lota Protein S.A. a TripleNine Vedde A/S y 1 acción de Lota Protein S.A. a don Hans Peter Koppernaes. 3) Aprobar, para efectos de la fusión, los estatutos de la Abosrbente, incluidas las modificaciones efectuadas a los Artículos Quinto y Primero Transitorio, relativos al capital; y 4) Aprobar que la fusión surta sus efectos legales a partir del 3 de marzo de 2025, y sus efectos contables a partir del 1 de marzo de 2025. Demás acuerdos, modificaciones y estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 de marzo de 2025.