INVERSIONES OLIMPIA SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de marzo de 2025
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- 10° Notaria Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular 10° Notaria Santiago, Agustinas 1287, certifica: por escritura pública de fecha 26 de marzo de 2025, ante mí, SUE ELLEN PATRICIA VIDELA VENEGAS, chilena, soltera, enfermera, C.I. Nº 16.592.437-1, domiciliada en Av. Lo Errázuriz Nº 4.209, Comuna de Cerrillos, Región Metropolitana viene en modificar la sociedad por acciones denominada “INVERSIONES OLIMPIA SpA”, constituida por escritura pública de fecha 10 de junio del año 2021, otorgada en esta notaria, bajo el repertorio notarial número seis mil ciento veinticinco. Rol único Tributario número 77.393.832-6. Un Extracto autorizado de la escritura de constitución social se inscribió con fecha 17 de junio del año 2021, a fojas cuarenta y siete mil trescientos treinta y ocho número veintiún mil ochocientos noventa y dos en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2021, y se publicó en el Diario Oficial con fecha 22 de junio del año 2021. En la escritura de constitución social en su cláusula Quinto en concordancia con la cláusula Primero Transitorio se señala que el socio doña SUE ELLEN PATRICIA VIDELA VENEGAS, aportaría la suma de ciento treinta y seis millones de pesos, como capital social, el cual está dividido en ciento treinta y seis acciones del mismo tipo y valor, las que se suscribieron totalmente en ese momento y de las cuales se pagó una acción en dinero efectivo y de contado y que las restantes ciento treinta y cinco acciones serán pagadas dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha mediante el aporte en dominio o de la nuda propiedad de bienes inmuebles. Por el presenta acto e instrumento la socia doña SUE ELLEN PATRICIA VIDELA VENEGAS, que representa el cien por ciento de las acciones en que se divide el capital social, viene en modificar dichos estatutos cambiando el plazo de tres años a cinco años para la materialización del aporte de capital reemplazando la cláusula Primero Transitorio por la siguiente para todos los efectos legales a contar de esta fecha “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y pago del capital. El capital de la sociedad es la suma de ciento treinta y seis millones de pesos dividido en ciento treinta y seis acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una, que se suscribe y paga por la constituyente, doña SUE ELLEN PATRICIA VIDELA VENEGAS, de la siguiente manera; en este acto suscribe ciento treinta y seis acciones que representan la totalidad de las acciones, y paga en este acto una acción en dinero efectivo y de contado que ingresa a la caja social, las restantes ciento treinta y cinco acciones serán pagadas dentro del plazo de cinco años a contar de esta fecha mediante el aporte en dominio o de la nuda propiedad de bienes inmuebles”. En todo lo demás rigen los estatutos primitivos. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 28 de marzo de 2025.