CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

170 Co SpA

RUT 18018642-5 CVE 2630570
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
1 de abril de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
1 de abril de 2025
Notario
SUSANA BELMONTE AGUIRRE
Oficio
Undécima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean estos corporales o incorporaciones, incluyendo la adquisición de acciones, derechos en sociedad, debentures, bonos, efectos de comercio, activos, y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión, sean nacionales o extranjeros, junto con la administración de estos fondos y sus frutos; b) Servicios de limpieza general a inmuebles

Administración

Representación, administración y uso razón social será ejercida actuando cualquiera indistintamente por don PABLO ALBERTO DURÁN BARCELÓ; y don TOMÁS ANDRÉS DURÁN BARCELÓ, quienes actuando anteponiendo a su nombre y firma la razón social, representará a la Sociedad con las más amplias facultades y poderes de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SUSANA BELMONTE AGUIRRE, Notario Público de la Undécima Notaría de Santiago, con oficio en Rosario Norte número quinientos cincuenta y cinco, oficina doscientos uno, comuna de Las Condes, Certifico: Que por escritura pública de fecha 01 de abril de 2025, repertorio número 9755 otorgada ante mí, comparece don PABLO ALBERTO DURÁN BARCELÓ, cédula de identidad número 18.018.642-5; y don TOMÁS ANDRÉS DURÁN BARCELÓ, cédula de identidad número 18.935.729-K, ambos domiciliados en Los Militares 5620, of. 905, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, quienes constituyen Sociedad por Acciones en conformidad a las disposiciones establecidas en los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, la que se regirá por los estatutos sociales y las demás normas legales y reglamentarias que le fueren aplicables en razón de su naturaleza, cuyo estatuto se extracta en la forma que sigue: Nombre: El nombre de la sociedad es “170 Co SpA”. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero; Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean estos corporales o incorporaciones, incluyendo la adquisición de acciones, derechos en sociedad, debentures, bonos, efectos de comercio, activos, y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión, sean nacionales o extranjeros, junto con la administración de estos fondos y sus frutos; b) Servicios de limpieza general a inmuebles . Capital: El capital es de $500.000, dividido en 500.000 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal y todas de una misma y única serie, que se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los accionistas conforme se indica; PABLO ALBERTO DURÁN BARCELÓ suscribe CIENTO CINCUENTA MIL ACCIONES en el valor de CIENTO CINCUENTA MIL PESOS, que paga y entera con el aporte de dicha suma al contado y en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social; y TOMÁS ANDRÉS DURÁN BARCELÓ suscribe TRESCIENTAS CINCUENTA MIL ACCIONES en el valor de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS, que paga y entera con el aporte de dicha suma al contado y en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social.- Duración: Indefinida. Administración: Representación, administración y uso razón social será ejercida actuando cualquiera indistintamente por don PABLO ALBERTO DURÁN BARCELÓ; y don TOMÁS ANDRÉS DURÁN BARCELÓ, quienes actuando anteponiendo a su nombre y firma la razón social, representará a la Sociedad con las más amplias facultades y poderes de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 02 de abril del 2025.