SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES GLOBAL JR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de julio de 2012
- Notario
- GONZALO ANDRÉS CAMIRUAGA PIZARRO
- Oficio
- Primera Notaría de la Comuna de San Vicente
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
Referencias (2)
- do publicacion DO N° 40323 del 28 de julio de 2012
- do publicacion DO N° 43099 del 10 de noviembre de 2021
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO ANDRÉS CAMIRUAGA PIZARRO, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de la Comuna de San Vicente, con oficio en calle Carmen Gallegos 205, local 3, San Vicente de Tagua Tagua, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, don RICARDO ANTONIO JUACIDA RAMIREZ, por sí y en representación de don GONZALO ALBERTO JUACIDA RAMIREZ, doña ANA EUGENIA RAMIREZ NAVARRO, y don LORENZO EUGENIO JUACIDA RAMIREZ, todos con domicilio en calle Amunátegui Nº 277 piso 12 de la comuna y ciudad de Santiago, modifican la sociedad comercial de responsabilidad limitada, denominada SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES GLOBAL JR LIMITADA, o SOCIEDAD GLOBAL JR LIMITADA, Rut 76.220.198-4, constituida por escritura pública de fecha 17 de julio de 2012, otorgada ante Notario de Público de la 30ª Notaría de Santiago, don Gastón Iván Santibáñez Soto, inscrita a fojas 50270 número 35215 del año 2012 en el registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y fue publicada en el Diario Oficial número 40.323 de fecha 28 de julio de 2012. Modificada mediante escritura de fecha 27 de octubre de 2021, otorgada ante el Notario Público Notario Público interino don Alberto Maldonado Concha, cuyo extracto se inscribió a fojas 87496 número 40262 en el Registro de Comercio del año 2021 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y fue publicada en el Modificación consiste: El objeto de la sociedad será: a) Efectuar toda clase de inversiones en bienes corporales, incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones o participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración y la percepción de las rentas que deriven de las anteriores; b) La adquisición a cualquier título de bienes raíces, su explotación bajo la forma de compraventas, subdivisiones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamiento y otros, el desarrollo de toda clase de proyectos inmobiliarios, la administración de los mismos y la percepción de sus frutos. La sociedad podrá desarrollar este giro directamente o participar en otras sociedades al efecto, en las que podrá tener inclusive el carácter de socia gestora; c) La compra, venta, administración, arriendo y cualquier otro acto o contrato relacionado con bienes raíces urbanos, rurales o agrícolas sean estos propios o ajenos de toda clase de bienes inmuebles, la realización, por cuenta propia o ajena, de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, títulos o instrumentos de ahorro, de inversión o de renta fija o variable, certificados de depósito, cuotas derechos o acciones en comunidades o en toda clase de sociedad y en general, en cualquier clase de instrumentos negociables, valores mobiliarios, títulos de inversión o efectos públicos de comercio; d) La actividad comercial en sus formas más amplias, en especial la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y demás relacionadas o que los socios acuerden y toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta con los objetos indicados que los socios acuerden. En lo no modificado rige íntegramente el pacto social original. Demás estipulaciones escritura extractada. San Vicente TT, 14 de Marzo de 2025.