CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

NAUTIC INVEST SpA

CVE 2630078
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
31 de marzo de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
31 de marzo de 2025
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley N° 21.521

Objeto social

La Sociedad tendrá como objeto exclusivo la prestación de los servicios a que se refiere el artículo segundo de la Ley N° 21.521, o aquella que la modifique o reemplace, en los términos y condiciones establecidos en la referida Ley y que la Comisión para el Mercado Financiero así haya autorizado a la Sociedad para prestarlos, de conformidad a la legislación y normativa aplicable, pudiendo además realizar aquellas actividades adicionales que le autorice la Comisión para el Mercado Financiero mediante norma de carácter general

Administración

Uno o más administradores designados por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario titular de la 43ª Notaría de Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifica: Por escritura pública de fecha 31 de marzo de 2025, N° Rep. 9.299-2025, ante mí, INVERSIONES CHUCAO SpA, representada por Sebastián Felipe Orellana Rivera, ambos domiciliados para estos efectos en Camino Las Hualtatas N° 4.555, casa 21, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones “NAUTIC INVEST SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá como objeto exclusivo la prestación de los servicios a que se refiere el artículo segundo de la Ley N° 21.521, o aquella que la modifique o reemplace, en los términos y condiciones establecidos en la referida Ley y que la Comisión para el Mercado Financiero así haya autorizado a la Sociedad para prestarlos, de conformidad a la legislación y normativa aplicable, pudiendo además realizar aquellas actividades adicionales que le autorice la Comisión para el Mercado Financiero mediante norma de carácter general. Capital: $1.000.000.- dividido en 1.000.000 de acciones, ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, las que se enteran y pagan de conformidad a lo señalado en el artículo primero transitorio. Administración: Uno o más administradores designados por accionistas. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 01 de abril de 2025.