MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

EKATERRA CHILE SpA

RUT 77367786-7 CVE 2630046
Fecha instrumento
26 de marzo de 2025
Notaría
San Miguel

Instrumento

Fecha
26 de marzo de 2025
Notario
JORGE REYES BESSONE
Oficio
Novena Notaria de San Miguel
Comuna
San Miguel

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, Abogado, Notario Público, Titular de la Novena Notaria de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4.886, Comuna de San Miguel, certifico: que por escritura pública de fecha 26 de marzo de 2025, otorgada ante mí, repertorio número 363/2025, ekaterra HoldCo UK Limited, en su calidad de único accionista de ekaterra Chile SpA, sociedad inscrita a fojas 17.570, número 8.383 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2021, Rol Único Tributario 77.367.786-7, modificó los estatutos de la Sociedad en el siguiente sentido: (i) Cambiando su objeto social al siguiente: “La Sociedad tiene por objeto realizar y desarrollar, ya sea directamente por sí o a través de terceros, por cuenta propia o ajena, (a) la prestación de servicios de asesoría comercial y gestión en el ámbito de la compraventa de productos, incluyendo el apoyo en la identificación de compradores y proveedores, la definición de programas de abastecimiento, y el desarrollo y seguimiento de cadenas logísticas; (b) podrá llevar a cabo, la gestión y administración de distribuidores y proveedores, (c) prestar asesoría y soporte comercial, incluyendo la negociación y administración de relaciones comerciales; (d) realizar investigación de mercado y análisis de oportunidades, mediante estudios de tendencias y evaluación de factores clave para la toma de decisiones; (e) supervisar y analizar el cumplimiento de contratos de compraventa, asegurando su correcta ejecución; (f) celebrar contratos, convenios y alianzas con empresas nacionales e internacionales que requieran servicios de apoyo empresarial; (g) adquirir, administrar, enajenar o explotar bienes muebles e inmuebles necesarios para el cumplimiento del objeto social; y (h) en general, realizar todos los demás negocios y actividades complementarias o vinculadas con los bienes, negocios, actividades, operaciones y productos referidos en las letras anteriores”. Como consecuencia, se reemplaza el artículo segundo de los estatutos sociales; (ii) otras materias que no son objeto de extracto. En lo no modificado permanecen vigentes los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 de marzo de 2025.