MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

LUIS ALBERTO REBOLLEDO BELLO COMPRAVENTA REPUESTOS PARA AUTOMOVILES E.I.R.L.

RUT 77729787-2 CVE 2629332
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de abril de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de abril de 2022
Notario
FÉLIX JARA CADOT
Oficio
41° Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FÉLIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41° Notaría Santiago, Huérfanos 1160, Subsuelo, Santiago, certifica: por escritura pública hoy ante mi: LUIS ALBERTO REBOLLEDO BELLO, chileno, soltero, comerciante, de 56 años de edad, cédula nacional de identidad número diez millones ochocientos seis mil quinientos cuarenta y siete guión ocho, domiciliado en calle Marinero Ojeda número trescientos noventa y uno, comuna de Lo Prado, Región Metropolitana, expone: Por escritura pública de fecha 18 de abril de 2022, otorgada ante este mismo notario público de Santiago, compareciente constituyo “LUIS ALBERTO REBOLLEDO BELLO COMPRAVENTA REPUESTOS PARA AUTOMOVILES E.I.R.L.”, extracto inscrito en Registro de Comercio del CBR de Santiago a fojas 30.410 número 14.040 del año 2022. Por este instrumento compareciente viene en modificar estatutos en las clausulas o artículos que a continuación se señalan: La clausula TERCERA: El objeto de la sociedad será por cuenta propia, de terceros o asociados a terceros la comercialización de repuestos automotrices y cualquier otra actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con todo lo dicho, que su titular determine. La cláusula CUARTA, en el sentido de aumentar el capital de un millón de pesos a la suma de tres millones de pesos, que el constituyente aporta en este acto. En consecuencia esta cláusula queda de la siguiente forma: “CUARTO: El capital de la empresa asciende a la cantidad de $3.000.000, que su titular aporta de la siguiente forma: A) Con la cantidad de UN MILLON DE PESOS, que aportó al contado y en dinero efectivo, e ingresó a la caja de la empresa en el acto constitutivo; y B) El saldo de DOS MILLONES DE PESOS, los aporta en este acto, al contado y en dinero efectivo, que ingresa a la caja de la empresa.”. Constituyente limita su responsabilidad al monto de su respectivo aporte. En todo lo no modificado, sigue plenamente vigente el estatuto constitutivo social. Demás estipulaciones en escritura. Santiago, a 21 de marzo de 2025.