Tomicic y Vial Limitada
Instrumento
- Fecha
- 24 de marzo de 2025
- Repertorio
- 284
- Comuna
- Las Condes
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, pudiendo establecer sucursales o agencias en otros lugares del país o del extranjero
- Duración
- cinco años, prorrogable según escritura. Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos
Objeto social
a) La explotación del comercio exterior, realizando por cuenta propia o ajena, operaciones de importación, exportación y comercialización, en el país o en el extranjero, de toda clase de productos, mercaderías, bienes de capital o equipos y)o sus partes, accesorios o repuestos. b) La representación y)o licencias en Chile de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquier otra comisión o mandato mercantil; y, asimismo, el desempeño de agencias o representaciones, en el exterior, de empresas o mandantes chilenos. c) La comercialización o distribución en Chile o en el exterior, de toda clase de bienes de consumo o de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Luis Sáiz del Campo, Notario Titular de la 2ª Notaría de Las Condes, Avenida Apoquindo 6.448, comuna de Las Condes, certifico que, por escritura pública de hoy, ante mí, repertorio N° 284, comparecieron : doña ENNY MARIA TOMICIC MULLER, chilena, divorciada, empresaria, cédula de identidad número 7.517.021-1, domiciliada en Avenida Apoquindo 6410, oficina 602, comuna de Las Condes y PEDRO LUIS ALEJANDRO VIAL DE RUYT chileno, casado y separado de bienes, empresario, cédula de identidad número 7.250.089-K, domiciliado en Pasaje El Olmo Dos 7661, comuna de La Reina; quienes constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “TOMICIC Y VIAL LIMITADA”, pudiendo usar “SUPETAR LTDA.” Domicilio: Santiago, pudiendo establecer sucursales o agencias en otros lugares del país o del extranjero. Objeto: a) La explotación del comercio exterior, realizando por cuenta propia o ajena, operaciones de importación, exportación y comercialización, en el país o en el extranjero, de toda clase de productos, mercaderías, bienes de capital o equipos y/o sus partes, accesorios o repuestos. b) La representación y/o licencias en Chile de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquier otra comisión o mandato mercantil; y, asimismo, el desempeño de agencias o representaciones, en el exterior, de empresas o mandantes chilenos. c) La comercialización o distribución en Chile o en el exterior, de toda clase de bienes de consumo o de capital. d) La prestación de servicios corporativos de asistencia técnica y de asesoramiento empresarial, de gestión y administración a filiales y coligadas, y a empresas o sociedades con objetos similares o complementarios a los anteriores, pudiendo tomar representaciones nacionales o extranjeras, y en general cualquier actividad de servicios para el desarrollo del comercio exterior. d) La realización de inversiones en toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, administrarlos, explotarlos y percibir sus frutos. d) La prestación de servicios de asesoría en el desarrollo de planes de inversión y comercialización de productos para clientes nacionales o extranjeros; y e) En general, la realización de otros rubros similares, conexos o anexos a los ya señalados y que los socios estimen adecuado desarrollar para el buen éxito de los negocios sociales, pudiendo celebrar toda clase de actos o contratos necesarios para los fines señalados, e incluso disponiendo la inversión de fondos sociales, ya sea en Chile como en el extranjero. La prestación de toda clase de asesorías, consultorías y servicios relacionados con todo lo anterior pudiendo formar parte de toda clase de sociedades y asociaciones cuyo objeto se relacione en alguna forma con el presente giro o coadyuve a su realización. Todo lo anterior podrá desarrollarlo actuando por cuenta propia o ajena. Dichos negocios y en general cualquier actividad relacionada con el objeto social deberá considerar (i) los intereses a largo plazo de la compañía y de sus socios y los efectos sociales, económicos, legales o de otro tipo en relación con sus socios, empleados, proveedores y miembros de la comunidad, entre otros grupos relevantes; y (ii) los intereses a corto y largo plazo de los socios y el efecto de las operaciones de la Compañía y sus subsidiarias, si las hubiere, en el medio ambiente y la economía local, regional, nacional e incluso internacional. Administración y uso razón social: Corresponde a ambos socios, separada e indistintamente, en los términos establecidos escritura extractada. Capital: $2.000.000.- aportados de siguiente manera: a) ENNY MARIA TOMICIC MULLER aporta $1.000.000.-, pagados en este acto, ya ingresado en caja social. b) PEDRO LUIS ALEJANDRO VIAL DE RUYT aporta $1.000.000.-, pagados en este acto, ya ingresado en caja social. En consecuencia, la participación de los socios en el capital social asciende a un 50% para Enny María Tomicic Muller y el 50% restante para Pedro Luis Alejandro Vial de Ruyt. Duración: cinco años, prorrogable según escritura. Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Notario Público.Santiago, 24 de marzo de 2025. J. Sáiz del C. Notario Titular.