MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Inmobiliaria e Inversiones San José Limitada

RUT 77652406-9 CVE 2628875
Capital
$152.631.570 CLP
Fecha instrumento
7 de marzo de 2025
Notaría
Limache con

Instrumento

Fecha
7 de marzo de 2025
Repertorio
238
Notario
Juan Pablo Espinosa Schiappacasse
Oficio
Segunda Notaría de Limache con asiento en la Comuna Olmué
Comuna
Limache con

Sociedad

Capital
$152.631.570 CLP

Administración

Administración y uso razón social corresponderá a Gonzalo Esteban Araya Mujica, Paola Carem Araya Mujica y Andrea Loreto Araya Mujica, debiendo actuar cualquiera de ellos dos conjuntamente, amplias facultades, con limitaciones señaladas en escritura extractada. Olmué, 21 de marzo de 2025

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Pablo Espinosa Schiappacasse, Notario Público de la Segunda Notaría de Limache con asiento en la Comuna Olmué, Avenida Arturo Prat Nº 4900 Oficina B, certifico: Que mediante escritura pública de fecha 07 de Marzo de 2025, Repertorio Nº 238 ante mí, Víctor Manuel Araya Mujica, representado, con domicilio en Camino vecinal sin número, parcela 4, Limache, Paola Carem Araya Mujica, por sí, con domicilio en Camino vecinal sin número, parcela 3, Limache, Andrea Loreto Araya Mujica, por sí, con domicilio en Camino vecinal sin número, parcela 1, Limache y Gonzalo Esteban Araya Mujica, por sí, con domicilio en Av. República 2198, Limache, modifican “Sociedad Inmobiliaria e Inversiones San José Limitada”; modificaciones consisten: 1) Se retira de la sociedad Víctor Manuel Araya Mujica, quien vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales a Paola Carem Araya Mujica, Andrea Loreto Araya Mujica y Gonzalo Esteban Araya Mujica, quienes aumentan su participación social, en forma y porcentajes indicadas en escritura extractada. Como consecuencia de las cesiones de derechos, quedan como socios de la sociedad Paola Carem Araya Mujica, Andrea Loreto Araya Mujica y Gonzalo Esteban Araya Mujica; 2) Se modifica cláusula de capital social; 3) Se modifica cláusula de administración; 4) Se modifican cláusulas respectivas en el pacto social. En lo demás, subsiste el pacto social original. Menciones a extractar: Capital Social: $152.631.570, totalmente ingresado en arcas sociales, siguiente forma: 1) Gonzalo Esteban Araya Mujica aporta $50.978.944, ya ingresado en arcas sociales, parte aporte primitivo y otra parte correspondiente a aporte de Víctor Manuel Araya Mujica cuyos derechos adquirió, según escritura extractada; 2) Paola Carem Araya Mujica aporta $50.826.313, ya ingresado en arcas sociales, parte aporte primitivo y otra parte correspondiente a aporte de Víctor Manuel Araya Mujica cuyos derechos adquirió, según escritura extractada; y 3) Andrea Loreto Araya Mujica aporta $50.826.313, ya ingresado en arcas sociales, parte aporte primitivo y otra parte correspondiente a aporte de Víctor Manuel Araya Mujica cuyos derechos adquirió, según escritura extractada. Administración: Administración y uso razón social corresponderá a Gonzalo Esteban Araya Mujica, Paola Carem Araya Mujica y Andrea Loreto Araya Mujica, debiendo actuar cualquiera de ellos dos conjuntamente, amplias facultades, con limitaciones señaladas en escritura extractada. Olmué, 21 de marzo de 2025.