Sociedad Comercial Climatic Limitada
Instrumento
- Fecha
- 19 de marzo de 2025
- Repertorio
- 4267
- Comuna
- Santiago
Referencias (2)
- do publicacion DO N° 42140 del 24 de agosto de 2018
- do publicacion DO N° 42565 del 29 de enero de 2020
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, Notario titular de la 34ª Notaría Santiago, con domicilio en Luis Thayer Ojeda 359, comuna de Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 19 de Marzo de 2025, repertorio N° 4.267, otorgada ante mí: doña ANA KARLINA MORALES DIAZ, domiciliada en El Carmen N°1176, comuna de Huechuraba, cédula de identidad extranjeros número 25.869.343-4, don AQUILE RAFAEL MORALES DIAZ, domiciliado en Avenida La Catana N°1145, casa N° 17, comuna de Colina, cédula de identidad extranjeros número 26.347.280-2, doña KEYLIN AURIMAR RODRIGUEZ CASTELLANOS, domiciliada en Avenida Vicuña Mackenna N° 1432, Torre Norte, departamento N°1432, comuna de Ñuñoa, cédula de identidad extranjeros número 26.857.452-2 y doña CLAUDIA ALEJANDRA RODRIGUEZ JARAMILLO, domiciliada en Avenida La Catana N° 1145, casa N° 17, comuna de Colina, cédula de identidad extranjeros número 25.874.421-7, modificaron “SOCIEDAD COMERCIAL CLIMATIC LIMITADA”, Rut Nº 76.817.829-1, constituida por escritura pública el 22 de septiembre de 2017 otorgada ante Notario de Santiago don Bernardo Mauricio Iturra Muñoz suplente del Titular de la 46ª Notaría de Santiago don Claudio Hernán Mesina Schulz inscrita a fojas 73.217 Nº 39.473 del Registro de Comercio de Santiago del año 2017. Modificada mediante escritura pública de fecha 17 de agosto del año 2018 otorgada ante el Notario de Providencia Pablo Valenzuela Pérez, suplente del Titular de la 1ª Notaría de Providencia, don Camilo Valenzuela Riveros. El extracto de esta escritura se inscribió a fojas 64.741 Nº 33082 del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 2018 y se publicó en el Diario Oficial número 42.140 de fecha 24 de agosto de 2018. Mediante escritura pública de fecha 20 de enero del año 2020 otorgada en la Notaría de Renata Marcela González Carvallo. El extracto de esta escritura se inscribió a fojas 7370 N° 3957 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2020 y se publicó en el Diario Oficial número 42.565 de fecha 29 de enero de 2020. Modificaciones consisten: 1) doña ANA KARLINA MORALES DIAZ, se retira de la sociedad cediendo a CLAUDIA ALEJANDRA RODRIGUEZ JARAMILLO, todos los derechos sociales que le corresponden en la sociedad, por el precio total de $25.000. 2) doña KEYLIN AURIMAR RODRIGUEZ CASTELLANOS se retira de la sociedad cediendo a CLAUDIA ALEJANDRA RODRIGUEZ JARAMILLO, todos los derechos sociales que le corresponden en la sociedad, por el precio total de $25.000. 3) Quedan como únicos socios CLAUDIA ALEJANDRA RODRIGUEZ JARAMILLO y AQUILE RAFAEL MORALES DIAZ, quienes acuerdan modificar la cláusula tercero referente al objeto social por el siguiente: Tercero: El objeto de la sociedad será: a) Comercialización mayorista y al detalle, fabricación, importación y exportación e intermediación y venta de todo tipo de bienes muebles, abarrotes, mercaderías y todo tipo de accesorios e insumos, cuya venta podrá realizarse por internet, plataformas digitales y en locales establecidos. b) Especialmente la compra, venta, importación, exportación, comercialización, armaduría, instalación, reparación y servicio técnico, por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de sistemas integrales en climatización, aparatos, equipos, instrumentos, elementos, maquinarias y artefactos de climatización, refrigeración, aire acondicionado, electricidad, portones eléctricos, controles de acceso, sistemas de seguridad y elementos afines.- b) La prestación de todo tipo de asesorías y servicios en las diversas especialidades del uso eficiente de todo tipo de energía, electricidad, tecnología energética, climatización, sistemas de seguridad, controles de acceso de todo tipo, y la asesoría técnica, estudios, proyectos, planos, la asesoría económica y comercial en la materia a todo tipo de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas; c) Servicios de diseño, fabricación y montaje de estructuras metálicas; d) Servicios de gasfitería para destape de cañerías y alcantarillado; e) Servicios de ingeniería eléctrica y asistencia técnica; f) Gestión de proyectos, control de calidad y supervisión de obras eléctricas; g) Análisis forense de instalaciones y soporte técnico; h) Actividades de transporte complementarias y auxiliares; i) Otros tipos de transporte por vía terrestre; j) Alquiler de otros tipos de maquinaria y equipo; k) Servicios de construcción en general, construcción de todo tipo de edificaciones, obras industriales y/u obras civiles; l) Servicios de transporte de carga, transporte de pasajeros a empresas y particulares; m) La recepción, franqueo, embalaje y transporte y entrega de mensajería o cualquiera otra clase de bienes de encomienda; n) La inversión de todo tipo de vehículos y maquinarias, así como bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, la compra, venta, arriendo, permuta y enajenación a cualquier título de éstos; o) El establecimiento de Restaurantes, Pubs, Café, Discoteque, Food Truck y otros establecimientos de entretención. p) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; q) La celebración de toda clase de convenios con entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras, sea que se encuentren domiciliadas dentro o fuera del país; r) Asesorías y consultorías de apoyo en gestión administrativa, recursos humanos, asistencia operativa y logística a personas jurídicas y naturales; s) y, en general, la realización de actividades comerciales que los socios acuerden llevar a cabo, sea que estén relacionadas o no con las especificadas”. 4) Reemplazan la cláusula quinta del estatuto social por la siguiente: “Quinto.- El capital de la sociedad es la suma de quinientos mil pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don AQUILE RAFAEL MORALES DIAZ, aporta la suma de cuatrocientos veinticinco mil pesos, que corresponde al ochenta y cinco por ciento del haber social, ya ingresados a la caja social; y b) CLAUDIA ALEJANDRA RODRIGUEZ JARAMILLO, aporta la suma de setenta y cinco mil pesos, que corresponde al quince por ciento del haber social, ya ingresados a la caja social”. Queda vigente resto pacto social, especialmente en cuanto a la limitación de la responsabilidad de los socios al monto de sus aportes.- 31 de Marzo de 2025.