Instrumento
- Fecha
- 24 de marzo de 2025
- Repertorio
- 5486/2025
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 24 de marzo de 2025, Repertorio N° 5486/2025, otorgada ante mí, Magdalena Zabala Peña, constituyó una sociedad por acciones, denominada “Omozo SpA” (en adelante, la “Sociedad”) de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón Social: “Omozo SpA”. Duración: Indefinida. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) la inversión en Chile o el extranjero en toda clase de bienes muebles e inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos, como así mismo, la compra y adquisición, venta y enajenación de todo tipo de créditos, acciones y valores mobiliarios en general; b) la compra, venta, subasta y enajenación de toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales; c) efectuar y desarrollar inversiones o negocios de cualquier naturaleza tanto en Chile como en el extranjero, relativos a todo tipo de bienes, ya sea en bienes muebles o inmuebles, propios o ajenos, corporales o incorporales, su explotación, comercialización o administración, comprendiéndose sin que la enumeración sea taxativa la inversión en tecnologías, efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, y, en general, cualquier valor o instrumento de inversión del mercado de capitales pudiendo comprar, vender, liquidar o conservar tales inversiones; d) la administración de tales inversiones y la percepción de los frutos o rentas que se generen por estas; e) prestar servicios profesionales y asesorías, en la planificación, desarrollo, evaluación y en general cualquier otra actividad relacionada con los objetos mencionados; y f) cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que los socios pudieran acordar en el futuro. Para tales objetos, la Sociedad, entre otros actos, podrá siempre y en todo momento contraer, suscribir y celebrar todas aquellas obligaciones, contratos o acuerdos que sean directa o indirectamente convenientes o necesarios para el íntegro, adecuado y oportuno cumplimiento de su objeto social. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero. Capital: El capital de la Sociedad asciende a la suma de 1.000 dólares de los Estados Unidos de América dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, el cual se suscribió y pagó íntegramente, en el acto de constitución, por Magdalena Zabala Peña. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 de marzo de 2025.