MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIALIZADORA MADISON LIMITADA

RUT 76318157-K CVE 2629017
Capital
$30.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de enero de 2025
Notaría
Copiapó

Instrumento

Fecha
17 de enero de 2025
Repertorio
43-2025
Notario
Carlos Enrique Morales González
Oficio
Cuarta Notaría de Copiapó
Comuna
Copiapó

Sociedad

Capital
$30.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Carlos Enrique Morales González, Notario Público Interino de la Cuarta Notaría de Copiapó, con oficio en calle O’Higgins N° 555, Copiapó, certifico: Que por escritura pública de fecha 17 de enero de 2.025 repertorio 43 - 2025, otorgada ante mí, la sociedad "COMERCIALIZADORA MADISON LIMITADA", también simplemente llamada, “MADISON LTDA.” Rut N° 76.318.157-K, a través de escritura pública de modificación, de fecha 17 de enero de 2025, modificó los estatutos sociales de dicha sociedad, la cual se constituyó por escritura pública de fecha 03 de junio del año 2013, otorgada en la Notaría de Valparaíso de don Luis Enrique Fischer Yavar. Un extracto de dicha escritura pública se inscribió en el Registro de Comercio de Viña del Mar del año 2013 a fojas 1203 vuelta, bajo el N°1285, y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile de fecha 12 de junio del año 2013 N° 40582. Modificación: “TERCERO: En este acto los actuales socios vienen en modificar la sociedad "COMERCIALIZADORA MADISON LIMITADA", en los siguientes aspectos: Uno) Se retira de la sociedad el socio don JIAWEI LIN, quien vende, cede y transfiere el total de su participación y derechos en la sociedad "COMERCIALIZADORA MADISON LIMITADA", equivalentes al 90% del capital social a doña LILI HOU, ya individualizada, quien compra, adquiere y acepta para sí, el 90% de los derechos en el capital de la sociedad. El precio de esta cesión asciende a la suma de $26.700.000, valor que el adquirente paga en este acto al contado en dinero efectivo al cedente, quien declara recibir dicho valor a su entera y total satisfacción. El socio XIAJUN XU, acepta el retiro de la sociedad de don JIAWEI LIN, y la venta de sus derechos sociales a doña LILI HOU, en la proporción anteriormente indicada. Como consecuencia de esta cesión, quedan, a contar de esta fecha, como únicos socios de la sociedad "COMERCIALIZADORA MADISON LIMITADA", doña LILI HOU, con una participación equivalente al 90% en el capital social; y don XIAOJUN XU, con una participación equivalente al 10% en el capital social. Dos) Por la presente cesión de derechos efectuada por don JIAWEI LIN, la responsabilidad de éste último por los negocios sociales se entenderán extinguidas a contar de esta fecha, aún en aquellas operaciones en que hubiere intervenido a cualquier título, responsabilidad que asumen desde esta fecha los socios doña LILI HOU y don XIAOJUN XU, como asimismo la propia sociedad "COMERCIALIZADORA MADISON LIMITADA". Tres) Para los efectos legales tributarios, la sociedad modificada por el presente instrumento, se hace responsable de las obligaciones que pudieren surgir con ocasión del ingreso de los nuevos socios. CUARTO: Que, en consecuencia, y en virtud de la cesión de derechos señalada precedentemente, quedan como únicos socios de la sociedad denominada "COMERCIALIZADORA MADISON LIMITADA", doña LILI HOU y don XIAOJUN XU, en las proporciones indicadas en la cláusula tercera de la presente escritura. QUINTO: Constancia. Se deja constancia que en la cesión de derechos referida en la cláusula tercera de este instrumento, el cedente entiende ceder y transferir y la adquirente o cesionaria comprar, aceptar y adquirir, los derechos, cuotas, ingresos proporcionales acumulados o participaciones que al cedente le correspondía en la Sociedad a cualquier título, incluidos los derechos en las utilidades que eventualmente estuvieren acumuladas hasta la fecha, en el fondo de utilidades tributarias e incluso en los resultados no determinados del ejercicio comercial que termina el 31 de Diciembre año 2025, y además en los resultados no determinados del ejercicio comercial que termina el 31 de Diciembre del año 2025, otorgándose la parte cedente y la cesionaria, y la Sociedad misma el más amplio y completo finiquito respecto de la cesión de derechos declarando que no tienen entre ellos cargos ni reclamos que formularse. SEXTO: Socios actuales. En virtud de la cesión de derechos a que se hace mención en las cláusulas precedentes, quedan como únicos y actuales socios de la Sociedad "COMERCIALIZADORA MADISON LIMITADA": A.) Doña LILI HOU, dueña del noventa por ciento de los derechos sociales; y B.) Don XIAOJUN XU, dueño del 10% de los derechos sociales. SÉPTIMO: Modificación social. Los únicos y actuales socios acuerdan las siguientes modificaciones al pacto social. Uno) Modifican el artículo quinto de los estatutos sociales de "COMERCIALIZADORA MADISON LIMITADA", únicamente en el sentido de que la Administración, uso de la razón social y representación de la sociedad, como la dirección de los negocios sociales le corresponderá a doña LILI HOU y a don XIAOJUN XU, ya individualizados, quienes podrán actuar en forma conjunta y/o separadamente con todas las facultades indicadas en la cláusula quinta de la escritura de constitución de la sociedad. Dos) Modifican el artículo sexto de los estatutos sociales de "COMERCIALIZADORA MADISON LIMITADA" en el sentido que el capital de la sociedad es la cantidad de $30.000.000, que se encuentra íntegramente aportado y enterado en dinero efectivo a la caja social de la siguiente manera: A.) Doña LILI HOU, $26.700.000, equivalente al 90% del capital social; y B.) Don XIAOJUN XU, $3.300.000, equivalente al 10% del capital social. OCTAVO: Vigencia de estatutos sociales. En todo lo no modificado por la presente escritura, se mantiene vigente el estatuto social primitivo, en especial en cuanto a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.” Copiapó, 05 de marzo de 2025.