Instrumento
- Fecha
- 21 de marzo de 2025
- Repertorio
- 10237
- Notario
- Álvaro David González Salinas
- Oficio
- 42ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad y comuna de Santiago
Objeto social
1) efectuar inversiones, adquirir derechos y participar de cualquier tipo de actividad civil, comercial, minera, o agrícola, invertir en valores mobiliarios, bienes raíces o bienes muebles, 2) la formación, constitución, integración o incorporación a otras sociedades civiles o comerciales, de capital o de personas, de carácter civil, comercial, agrícola o minero; pudiendo modificarlas y asumir la representación en las mismas, 3) la representación de sociedades chilenas o extranjeras, y la agencia de sociedades extranjeras en los términos establecidos por la Ley dieciocho mil cuarenta y seis sobre sociedades anónimas y 4) la realización de toda clase de actividades relacionadas con lo antedicho, actualmente o en el futuro, y cualquier otro negocio que los socios determinen de común acuerdo, lo cual no será necesario acreditar ante terceros
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁlvaro David González Salinas, Notario Público Titular de la 42ª Notaría Santiago, con oficio en Avda. Apoquindo 3001, piso 2, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: que, por escritura pública de 21 de marzo de 2025, Repertorio N°10.237, ante mí, GASTÓN ANDRÉS MORALES DURÁN domiciliado en calle Exequiel Fernández número 863 casa número 2945, comuna de Ñuñoa, y ÁLVARO CAMILLA COSSIO, domiciliado en calle Charles Hamilton número 10078, comuna de Las Condes, constituyeron sociedad por acciones: Nombre: INVERSIONES MOCA SpA. Domicilio: ciudad y comuna de Santiago. Objeto: 1) efectuar inversiones, adquirir derechos y participar de cualquier tipo de actividad civil, comercial, minera, o agrícola, invertir en valores mobiliarios, bienes raíces o bienes muebles, 2) la formación, constitución, integración o incorporación a otras sociedades civiles o comerciales, de capital o de personas, de carácter civil, comercial, agrícola o minero; pudiendo modificarlas y asumir la representación en las mismas, 3) la representación de sociedades chilenas o extranjeras, y la agencia de sociedades extranjeras en los términos establecidos por la Ley dieciocho mil cuarenta y seis sobre sociedades anónimas y 4) la realización de toda clase de actividades relacionadas con lo antedicho, actualmente o en el futuro, y cualquier otro negocio que los socios determinen de común acuerdo, lo cual no será necesario acreditar ante terceros.- Capital: $1.000.000.- dividido en 1000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma serie, totalmente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 28 de marzo de 2025.