Rentas Fragon Limitada
Instrumento
- Fecha
- 24 de marzo de 2025
- Repertorio
- 3630/2025
- Notario
- MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA
- Oficio
- 18° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, Notario Público, titular de la 18° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número tres mil treinta y nueve, piso cinco, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 24 de marzo de 2025 Repertorio 3.630 / 2025, ante mí, Gonzalo José Enrique Silva Meyer; Francisca Mc-Kay Alliende; Francisca Silva Mc-Kay; y Gonzalo Silva Mc-Kay, todos con domicilio para estos efectos en esta ciudad, Los Flamencos número 3769, casa 1, comuna de Lo Barnechea; modificaron la sociedad denominada RENTAS FRAGON LIMITADA, sociedad con giro de su denominación, constituida mediante escritura pública otorgada con fecha 6 de mayo del año 2022, e inscrita a fojas 36.740, número 16.764 del Registro de Comercio del año 2022 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago; como sigue: Uno. Se acordó el aumento del capital social desde la actual suma de $100.000.- pesos a la nueva suma de $1.000.000.- pesos. Dicho aumento de capital, ascendente a la suma de $900.000.- pesos, ha sido aportado por las personas y cantidades que se indican a continuación: a) por don Gonzalo José Enrique Silva Meyer, en la suma de $866.667.- pesos, quien aumenta en ese mismo monto su participación social; y b) por don Gonzalo Silva Mc-Kay, en la suma de $33.333.- pesos, quien de este modo ingresa como socio a la sociedad. Dos. Como consecuencia de lo anterior, se acordó reemplazar íntegramente el texto de la cláusula cuarta de los estatutos sociales, por el que sigue: “El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, que los socios o sus antecesores han aportado en dinero efectivo, y que le corresponde a sus actuales socios como sigue: a) a don Gonzalo José Enrique Silva Meyer, en la suma de novecientos mil y un pesos; b) a doña Francisca Mc-Kay Alliende, en la suma de treinta y tres mil trescientos treinta y tres pesos; c) a doña Francisca Silva Mc-Kay, en la suma de treinta y tres mil trescientos treinta y tres pesos; y d) a don Gonzalo Silva Mc-Kay, en la suma de treinta y tres mil trescientos treinta y tres pesos.”. Demás actos, acuerdos y estipulaciones que no son objeto de extracto constan en la escritura extractada. Santiago, 26 de marzo de 2025.