Orellana Godoy Limitada
Instrumento
- Fecha
- 4 de marzo de 2025
- Repertorio
- 2442/2025
- Notario
- COSME FERNANDO GOMILA GATICA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $26.461.368.850 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCOSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita 20, Comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 04 de Marzo de 2025, Repertorio Nº 2.442/ 2025, ante mí, comparece Hugo Alfredo Orellana Vitali, en representación de las sociedades “Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada”, “Inversiones Rodrigo Orellana Limitada” e “Inversiones Tamina Orellana Limitada”, todos con domicilio en Lautaro número 300, comuna de Quilicura, Santiago, Región Metropolitana; para modificar la sociedad “ORELLANA GODOY LIMITADA”, R.U.T. número 77.091.570-8, constituida por escritura pública de 17 de noviembre de 1997, otorgada ante el Notario de Santiago don Félix Jara Cadot, cuyo extracto fue inscrito a fojas 28.573, número 23.108, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1997. Los socios acuerdan las siguientes modificaciones a la sociedad y su estatuto: A) Se acuerdan las siguientes cesiones de derechos sociales: 1) el socio “Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada” cede la mitad de su participación societaria en la sociedad “Orellana Godoy Limitada”, esto es, el 0,87% del total de los derechos sociales, al socio “Inversiones Rodrigo Orellana Limitada”; y 2) el socio “Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada” cede la otra mitad de su participación societaria en la sociedad “Orellana Godoy Limitada”, esto es, el 0,87% del total de los derechos sociales, al socio “Inversiones Tamina Orellana Limitada”. En consideración a las cesiones de derechos sociales antes referidas, se acuerda modificar el pacto o estatuto social de “Orellana Godoy Limitada”, por motivo del retiro del socio “Inversiones Hugo Orellana y Compañía Limitada”. Asimismo, como consecuencia de dichas cesiones de derechos sociales, las participaciones societarias en “Orellana Godoy Limitada” quedan de la siguiente manera: a) La sociedad “Inversiones Rodrigo Orellana Limitada”, con el 50% de los derechos sociales; y b) La sociedad “Inversiones Tamina Orellana Limitada”, con el 50% de los derechos sociales. B) En consideración a la modificación de socios antes referida, se acuerda modificar el estatuto social en lo relativo al capital de la sociedad, con el objeto de actualizar los montos de los aportes de capital enterados por cada uno de los socios, para cuyo efecto se acuerda reemplazar íntegramente el texto de la cláusula respectiva del estatuto social, del modo siguiente: “El capital de la sociedad es la suma de $26.461.368.850, que los socios han aportado en la forma y proporción que a continuación se indica: a) La sociedad “Inversiones Rodrigo Orellana Limitada” aporta la cantidad de $13.230.684.425, equivalentes al 50% de los derechos sociales, totalmente enterados; y b) La sociedad “Inversiones Tamina Orellana Limitada” aporta la cantidad de $13.230.684.425, equivalentes al 50% de los derechos sociales, totalmente enterados.”. Demás estipulaciones y acuerdos en escritura extractada. Santiago 13 de Marzo 2025.-ach