INVERSIONES CHRIS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de marzo de 2025
- Notario
- GUILLERMO CARLOS SOLAR PÉREZ
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago con Asiento en Peñalolén
- Comuna
- Santiago con Asiento en Peñalolén
Sociedad
- Capital
- $5.500 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUILLERMO CARLOS SOLAR PÉREZ, abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con Asiento en Peñalolén, con oficio en Avenida Quilín N° 5283, comuna de Peñalolén, Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 24 de marzo de 2025, repertorio número 524-25, ante mi: CHRISTIAN ARMIN REINIKE LORENZINI, cédula nacional de identidad número 10.557.715-K; doña PATRICIA LORENA GUERRA LATORRE, cédula nacional de identidad número 10.763.794-K; don ARMIN MATÍAS REINIKE GUERRA, cédula de identidad número 20.164.427-5; don BENJAMIN EMILIO REINIKE GUERRA, cédula de identidad número 21.299.208-9; doña JOSEFA BELÉN REINIKE GUERRA, cédula de identidad número 21.767.684-3; y, doña AGUSTINA JESÚS REINIKE GUERRA, cédula de identidad número 22.252.268- 4; todos domiciliados en Carretera General San Martin número 16.500, sitio 23, comuna de Colina, Región Metropolitana; celebraron una modificación de la sociedad Asesorías Chris Limitada, hoy Inversiones Chris Limitada, Rol único tributario número 77.676.962-2, constituida por escritura pública de fecha 14 de noviembre del año 2022, otorgada en la Notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 94117, N°41272, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2022, como sigue: 1) Modificar la razón social, que pasará de ser Asesorías Chris Limitada, a ser Inversiones Chris Limitada, reemplazando el artículo segundo del estatuto social por el siguiente: “ARTÍCULO SEGUNDO: El nombre o razón social de la Sociedad será “INVERSIONES CHRIS LIMITADA”; 2) Modificar el objeto social, reemplazando el artículo tercero de los estatutos por el siguiente: “ARTICULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto la inversión, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes, corporales o incorporales, muebles e inmuebles, incluyendo la participación en sociedades de cualquier naturaleza; la administración de sus inversiones; y la realización de cualquier actividad que acuerden los socios relacionada con el objeto principal de la sociedad.” 3) Dejar constancia que el capital de la sociedad se encuentra íntegramente enterado y pagado, modificando el artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “QUINTO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de cincuenta millones de pesos, que los socios enteran y aportan de la siguiente manera: i) don CHRISTIAN ARMIN REINIKE LORENZINI aporta la cantidad de 5.500.000 pesos, equivalente al 11% de capital social; ii) doña PATRICIA LORENA GUERRA LATORRE, aporta la cantidad de 4.500.000 pesos, equivalente al 9% del capital social; iii) don ARMIN MATÍAS REINIKE GUERRA, aporta la cantidad de 10.000.000 de pesos, equivalente al 20% del capital social; iv) don BENJAMIN EMILIO REINIKE GUERRA, aporta la cantidad de 10.000.000 de pesos, equivalente al 20% del capital social; v) doña JOSEFA BELÉN REINIKE GUERRA, aporta la cantidad de 10.000.000 de pesos, equivalente al 20% del capital social; y, vi) doña AGUSTINA JESÚS REINIKE GUERRA, aporta la cantidad de 10.000.000 de pesos, equivalente al 20% del capital social. En consecuencia, el capital social se encuentra íntegramente enterado y pagado.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de Marzo de 2025.