MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Comercializadora y de Servicios GM Limitada

RUT 76253140-2 CVE 2627802
Fecha instrumento
18 de marzo de 2025

Instrumento

Fecha
18 de marzo de 2025
Notario
GASTÓN ARIEL SANTIBÁÑEZ TORRES
Domicilio
y Conservador de Minas Titular de Talcahuano

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GASTÓN ARIEL SANTIBÁÑEZ TORRES, Notario Público y Conservador de Minas Titular de Talcahuano, con oficio en Avenida Jorge Alessandri N° 3177, Local G 103, Boulevard Mall Plaza del Trébol, CERTIFICA: Por escritura pública 18 de marzo de 2025, otorgada ante mí, don GERARDO ULISES CABALLERO NORIEGA, chileno, profesor, casado en régimen de separación total de bienes según se acreditara, cedula de identidad número ocho millones cuatrocientos setenta y cinco mil novecientos treinta y dos guión cinco, domiciliado en la ciudad de Concepción, calle Lautaro numero dos mil ciento cuarenta y dos, y; don GERARDO ANDRES CABALLERO GARRIDO, chileno, ingeniero constructor, casado en régimen de separación total de bienes como se acreditara cedula de identidad numero dieciséis millones setecientos sesenta y cuatro mil ciento sesenta y seis guion cero, domiciliado en la ciudad de Concepción, calle Lautaro numero dos mil ciento cuarenta y dos, de paso en esta Estos denominados también “socios”, modificaron la sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada Sociedad Comercializadora y de Servicios GM Limitada rol Único tributario setenta y seis millones doscientos cincuenta y tres mil ciento cuarenta guión dos, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial con fecha cuatro de septiembre de dos mil dos e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talcahuano correspondiente al mismo año dos mil dos a fojas 231, bajo el número 190; en el sentido de modificar la participación de capital y de derechos societarios. A.-) el socio don Gerardo Caballero Garrido, ya individualizado, vende cede y transfiere el equivalente al diecinueve por ciento del total de participación societaria o capital social, a don Gerardo Ulises caballero Noriega quien compra y acepta para si este diecinueve por ciento, pagando por dicho porcentaje la suma de un millón novecientos mil pesos que don Gerardo Caballero garrido acepta y recibe a su entera satisfacción, quedando por tanto este último con una participación de un uno por ciento en sus derechos y capital societario.-) de acuerdo a la cesión indicada en la letra A de este instrumento la participación de los socios comparecientes en la sociedad indicada en la cláusula primera quedaría estructurada en un noventa y nueve por ciento de don Gerardo caballero Noriega y en un Uno por ciento de don Gerardo Caballero Garrido, modificándose en ese sentido la cláusula de capital y participación del estatuto social. C.-) por medio del presente instrumento las partes reconocen y ratifican cesión hecha en modificación de 17 de mayo de dos mil diecisiete por parte de doña Mayory Alejandra Caballero garrido a don Gerardo Andrés caballero Garrido, que junto a la cesión de don Gerardo Caballero Noriega, lo hicieron participe en aquel entonces del equivalente al veinte por ciento de participación social, de la cual hoy cede el diecinueve por ciento. Demás estipulaciones escritura extractada.TALCAHUANO, 25 DE Marzo del 2025.