FRIGORÍFICO Y PACKING AGROSAN S.A.
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2024
- Notario
- IVAN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público titular de la 33° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: por Junta Extraordinaria de Accionistas de FRIGORÍFICO Y PACKING AGROSAN S.A, celebrada en mi presencia el 26 de diciembre de 2024, reducida a escritura pública con fecha 31 de Diciembre de 2024, ante mi Suplente doña Verónica Torrealba Costabal, se acordó: modificar la cláusula del Capital Social de la sociedad, para lo cual modifica el texto del artículo quinto del estatuto social, reemplazando íntegramente su texto por la siguiente: ARTÍCULO QUINTO: CAPITAL Y LAS ACCIONES. El capital de la sociedad es la suma de cinco mil cuatrocientos ochenta y seis millones setenta y cuatro mil quinientos quince pesos, dividido en treinta y seis mil doscientos veinticuatro acciones nominativas, iguales, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma establecida en el artículo Segundo Transitorio. Las acciones que se emitan por un aumento de capital deberán ser siempre ofrecidas preferentemente a los accionistas a prorrata de las que posean. Este derecho es esencialmente renunciable y transferible. Las transferencias de acciones, además de encontrarse sujetas a las normas legales, reglamentarias y estatutarias correspondientes, estarán subordinadas a lo que se establezca en los pactos de accionistas de que encuentren vigentes e inscritos al margen del Registro de Accionistas.” MODIFICACIÓN ARTÍCULOS TRANSITORIOS. Además, se acordó modificar el texto del artículo segundo transitorio del estatuto social, reemplazando íntegramente su texto por la siguiente: “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: El capital de la sociedad es la suma de cinco mil cuatrocientos ochenta y seis millones setenta y cuatro mil quinientos quince pesos dividido en treinta y seis mil doscientos veinticuatro acciones nominativas, iguales, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscribe, entera y paga de la siguiente forma: a. Con la suma de trescientos diecisiete millones trescientos cuarenta y seis mil ochocientos sesenta y cuatro pesos, dividido en diecinueve mil setecientos treinta y tres acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas con ocasión de la constitución de la sociedad, producto de la división de Agroindustria San Vicente S.A.; b. Con la suma de dos mil seiscientos setenta y un millones ciento catorce mil setenta y dos pesos por concepto de aumento de capital aprobado en la junta extraordinaria de accionistas celebrada el día veintiséis de diciembre del año dos mil veinticuatro, que se entera con cargo a la capitalización de las revalorizaciones legales y utilidades retenidas y no distribuidas de la compañía por igual valor, sin considerar una nueva emisión de acciones; y c. Con la suma de dos mil cuatrocientos noventa y siete millones seiscientos trece mil quinientos setenta y nueve pesos, como producto del aumento de capital acordado en virtud de la junta extraordinaria de accionistas celebrada el día veintiséis de diciembre de dos mil veinticuatro, correspondiente a dieciséis mil cuatrocientas noventa y un acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que fueron suscritas y pagadas por el accionista AJL CHILE SpA en el acto de la Junta, en la forma por ella establecida”..” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 5 de marzo de 2025.