Clínica Las Condes S.A.
Instrumento
- Fecha
- 24 de marzo de 2025
- Notario
- HUMBERTO QUEZADA MORENO
- Oficio
- 26° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $120.957.821.641 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público Titular de la 26° Notaría de Santiago, domiciliado en Av. Apoquindo 3196, Las Condes, Santiago, certifico: por escritura pública de 24 de Marzo de 2025, ante mí, se redujo acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Clínica Las Condes S.A. (RUT N° 93.930.000-7: e inscrita a Fs. 12.893, N°7.697, Reg. Comercio Stgo. año 1979, en adelante la “Sociedad”), celebrada el 10 de Marzo de 2025, ante mí suplente Felipe Bascuñán Lira, en la que se acordó reformas de estatutos de la Sociedad, en lo relativo a su capital social, el cual fue modificado a consecuencia de los siguientes acuerdos: Uno) en primer término, se reconoció la capitalización, conforme al artículo 26 de la Ley sobre Sociedades Anónimas, del mayor valor o “Primas de emisión” por $980, producto de la colocación de 1.703.739 acciones emitidas con cargo al aumento de capital aprobado por la Junta Extraordinaria de Accionistas de 26 de junio de 2024, de modo que el capital social quedó en $120.957.821.641, dividido en 11.226.019 acciones nominativas, ordinarias, de una misma y única serie, sin valor nominal; Dos) en segundo término, se dejó sin efecto el aumento de capital acordado en la Junta Extraordinaria de Accionistas de 26 de junio de 2024, cuya acta fue reducida mediante escritura pública de fecha 28 de junio de 2024 otorgada ante mí, en la parte pendiente de colocación, correspondiente a $14.078.086.060, representativos de 1.146.424 acciones, de modo que el capital de la Sociedad quedó en el monto efectivamente suscrito y pagado de $106.879.735.581, dividido en 10.079.595 acciones nominativas, ordinarias, de una misma y única serie, sin valor nominal. De esta forma, las referidas 1.146.424 acciones quedaron íntegramente canceladas, para efectos de lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento de Sociedades Anónimas. Se dejó constancia, además, que lo consignado en este número Dos) no se considera una disminución de capital bajo respecto alguno, según lo dispuesto en el mismo artículo 20 del Reglamento de Sociedades Anónimas; y Tres) por último, se acordó un aumento del capital de la Sociedad en $45.000.000.000, esto es, desde $106.879.735.581, dividido en 10.079.595 acciones nominativas, ordinarias, de una misma y única serie, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, a $151.879.735.581, dividido en 15.079.595 acciones nominativas, ordinarias, de una misma y única serie, sin valor nominal, mediante la emisión de 5.000.000 de acciones de pago, a suscribirse y pagarse dentro del plazo máximo que vence el 10 de marzo de 2028. A consecuencia de todo lo anterior, el capital social quedó como sigue: $151.879.735.581, dividido en 15.079.595 acciones nominativas, ordinarias, de una misma y única serie, sin valor nominal, del cual (a) $106.879.735.581 correspondientes a 10.079.595 acciones, íntegramente suscritas y pagadas; y (b) $45.000.000.000, correspondientes a 5.000.000 de acciones, que se suscribirán y pagarán dentro del plazo máximo que vence el 10 de marzo de 2028. Se deja constancia que el monto y acciones a que se refiere esta letra (b) corresponden al aumento de capital indicado en el número Tres) precedente. A consecuencia de lo anterior, se adecuaron artículos cuarto y primero transitorio de estatutos sociales, relativos al capital social. Santiago, 25 de marzo de 2025. Humberto Quezada Moreno.