MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORIAS ELECTRICAS VERGARA KIMURA LIMITADA

RUT 76024999-8 CVE 2627775
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de marzo de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
17 de marzo de 2025
Repertorio
8899
Notario
ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
Oficio
Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, abogado, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N°3001, segundo piso, Las Condes, certifico: que por escritura pública, de fecha 17 de marzo de 2025, repertorio 8899, ante mí, comparecen don MODESTO ALFONSO MURUA OLGUIN, domiciliado en Uno Oriente 3.545, comuna de Pedro Aguirre Cerda, Santiago, de paso en esta; don PABLO MARINO MURUA VALLEJOS, domiciliado en Pasaje Cahuil 0277, comuna Puente Alto, Santiago, de paso en esta; don JOSE MANUEL MURUA VERGARA, domiciliado en Nueve Sur 3.334, comuna de Pedro Aguirre Cerda, Santiago, de paso en esta; y don ALFONSO SHIMA MURUA VERGARA, domiciliado en Uno Oriente 3.545, comuna de Pedro Aguirre Cerda, Santiago, de paso en esta, quienes vienen en modificar sociedad “ASESORIAS ELECTRICAS VERGARA KIMURA LIMITADA”, Rut 76.024.999-8, cuyo capital es de $5.000.000.-, constituida por escritura pública otorgada ante el Notario de Santiago, don OSVALDO PERIERA GONZALEZ, el 6 de junio de 2008, extracto publicado Diario Oficial N°39.095, de fecha 24 de junio de 2008, e inscrito a fs. 26.969, N°18.522, del Registro de Comercio de Santiago del año 2008, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Las modificaciones consisten en: Uno: Don JOSE MANUEL MURUA VERGARA, en representación de los herederos de la socia difunta doña ANA ROSA VERGARA KIMURA, cédula nacional de identidad número seis millones seiscientos noventa y ocho mil cuatrocientos cuarenta y nueve guion cuatro, vende, cede y transfiere todos los derechos que le correspondían a la socia ANA ROSA VERGARA KIMURA, los cuales ascienden al 20%, del capital social, en la siguiente forma: En un 5% de los derechos sociales a don MODESTO ALFONSO MURUA OLGUIN, en la suma de $100.000.-, ya pagados con anterioridad a este acto, que la cedente declara haber recibido a satisfacción. En un 5% de los derechos sociales a don PABLO MARINO MURUA VALLEJOS, en la suma de $100.000.-, ya pagados con anterioridad a este acto, que la cedente declara haber recibido a satisfacción. En un 5% de los derechos sociales a don JOSE MANUEL MURUA VERGARA, en la suma de $100.000.-, ya pagados con anterioridad a este acto, que la cedente declara haber recibido a satisfacción. En un 5% de los derechos sociales a don ALFONSO SHIMA MURUA VERGARA, en la suma de $100.000.-, ya pagados con anterioridad a este acto, que la cedente declara haber recibido a satisfacción. Queda entonces la sociedad constituida por don MODESTO ALFONSO MURUA OLGUIN, don PABLO MARINO MURUA VALLEJOS, don JOSE MANUEL MURUA VERGARA y don ALFONSO SHIMA MURUA VERGARA, cada uno con un 25% de los derechos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 21 de marzo de 2025. HSA.