MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA Y FORESTAL LA MONTAÑA LIMITADA

RUT 76418770-9 CVE 2627851
Capital
$50.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de marzo de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
13 de marzo de 2025
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$50.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, chileno, abogado, Notario de la 34 a Notaría Santiago, domiciliado en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública de 13 de marzo de 2025, ante mí, GONZALO OVALLE VIAL, INVERSIONES VERSALLES LIMITADA, ambos domiciliados en Avenida Bernardo O’Higgins número 2545, comuna de Quillón, Región de Ñuble, y JOSÉ ANTONIO MARÍN CORREA, domiciliado en Charles Hamilton 10512, comuna de Las Condes, Santiago; modificaron la sociedad AGRÍCOLA Y FORESTAL LA MONTAÑA LIMITADA, inscrita a fojas 16.616, número 12.037 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2005 (la “Sociedad”) en el siguiente sentido: A- José Antonio Marín Correa vende, cede y transfiere a la sociedad Inversiones Versalles Limitada, la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad, equivalentes al 40% del total de los derechos sociales en la Sociedad, y en consecuencia don José Antonio Marín Correa se retira de la Sociedad; B- En virtud de la cesión anterior, quedan como únicos y actuales socios de la Sociedad don Gonzalo Ovalle Vial y la sociedad Inversiones Versalles Limitada, quienes acuerdan modificar los Artículos Quinto y Séptimo de los estatutos sociales como sigue “QUINTO.- CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $50.000.000, que los socios aportan de la siguiente manera: /uno/ el socio Gonzalo Ovalle Vial aporta la suma de $29.500.000, equivalentes al 59% de los derechos sociales, cantidad enterada y pagada en dinero efectivo; y /dos/ la socia Inversiones Versalles Limitada aporta la suma de $20.500.000, equivalentes al 41% de los derechos sociales, cantidad enterada y pagada en dinero efectivo.”, y “SÉPTIMO. - RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS: Los socios limitan su responsabilidad hasta la proporción de su interés en el capital social.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de marzo de 2025.-