MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

AGRÍCOLA AJL CHILE SpA

RUT 77755381-K CVE 2627983
Fecha instrumento
31 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
31 de diciembre de 2024
Notario
IVAN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
33° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público titular de la 33° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: por escritura pública de fecha 31 de diciembre del año 2024, ante mi Suplente doña Verónica Torrealba Costabal, la sociedad AJL CHILE SpA, Rol Único Tributario número 77.751.347-8, representada por don JAIME REYES CONTRERAS, cédula de identidad para extranjeros número 27.565.040-4 y don RODRIGO IGNACIO ZEGERS QUIROGA, cédula nacional de identidad número 15.959.134-4, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Alonso de Córdova número 4355, piso 14, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificó la sociedad “AGRÍCOLA AJL CHILE SpA”, RUT número 77.755.381-K, inscrita a fojas 38021, número 17.049, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2023, en el siguiente sentido: MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. AJL CHILE SpA en su calidad de único y actual accionista, debidamente representada, modifica la cláusula del Capital Social de la sociedad, para lo cual modifica el texto del artículo quinto del estatuto social, reemplazando íntegramente su texto por la siguiente: ““ARTÍCULO QUINTO: Capital.- El Capital de la sociedad es la suma siete mil quinientos sesenta y ocho millones seiscientos cuarenta mil quinientos veintitrés pesos, dividido en siete mil quinientas sesenta y siete millones seiscientos cuarenta y un mil quinientos veintitrés acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones de capital o del valor de las acciones, que se produzcan de pleno derecho de conformidad a la Ley. El capital se suscribe y paga en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio. Los aumentos de capital deben quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo de cinco años, contados desde la fecha en que se acuerde el respectivo aumento. Si el capital inicial o sus posteriores aumentos no se pagaren oportunamente al vencimiento de los respectivos plazos, el capital social quedará reducido de pleno derecho al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones cuyo valor no se encuentre íntegramente pagado, tendrán, sin perjuicio de ello todos los derechos que los Estatutos o la Ley le asigne durante todo el tiempo que transcurra desde su emisión hasta el vencimiento del plazo establecido para su pago. Las accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad.”. MODIFICACIÓN ARTÍCULOS TRANSITORIOS. AJL CHILE SpA en su calidad de único y actual accionista, debidamente representada, modifica el texto del artículo primero transitorio del estatuto social, reemplazando íntegramente su texto por la siguiente: “ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y pago de capital: El capital de la Sociedad es la suma de siete mil quinientos sesenta y ocho millones seiscientos cuarenta mil quinientos veintitrés pesos, dividido en siete mil quinientas sesenta y siete millones seiscientos cuarenta y un mil quinientos veintitrés acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas, de igual valor y sin valor nominal. El Capital ha sido íntegramente pagado suscrito y pagado en la forma indicada a continuación: (a) con la cantidad de un millón de pesos, correspondiente a mil acciones, las cuales fueron íntegramente suscritas y pagadas en el acto de constitución de la Sociedad por AJL CHILE SpA; y (b) con la cantidad de siete mil quinientos sesenta y siete millones seiscientos cuarenta mil quinientos veintitrés pesos, correspondientes a siete mil quinientos sesenta y siete millones seiscientos cuarenta mil quinientos veintitrés nuevas acciones de pago, que fueron emitidas con ocasión del aumento de capital acordado por escritura pública de fecha treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro, otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, e íntegramente suscritas y pagadas en su totalidad y en ese mismo acto por AJL CHILE SpA.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 5 de Marzo de 2025.