Instrumento
- Fecha
- 20 de marzo de 2025
- Repertorio
- 9406/2025
- Notario
- ÁLVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- 42º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será: (i) el desarrollo de todos los servicios propios de una agencia de marketing y de publicidad; ii) La planificación, diseño, coordinación e implementación de campañas de publicidad y de marketing para su exhibición y publicación en toda clase de medios de comunicación, así como el diseño de estrategias de comunicación y en general, toda actividad relacionada directa o indirectamente con la realización de todos los negocios y actividades que los socios acuerden y que estén relacionadas con las actividades anteriores
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la 42º Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo Nº3001, piso 2, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica que por escritura pública de fecha 20 de marzo de 2025, Repertorio N°9406/2025, ante mí, don BENJAMÍN NAST LOYOLA, en calidad de único accionista, constituye una Sociedad por Acciones, de conformidad a lo dispuesto en el Párrafo 8° del Título 7° del Libro II del Código de Comercio, la cual se regirá por las disposiciones pertinentes ya señaladas y, de forma preponderante, por sus Estatutos. Nombre: “UNAMI LAB SpA” pudiendo usar como nombre de fantasía “UNAMI SpA”. Objeto Social: El objeto de la sociedad será: (i) el desarrollo de todos los servicios propios de una agencia de marketing y de publicidad; ii) La planificación, diseño, coordinación e implementación de campañas de publicidad y de marketing para su exhibición y publicación en toda clase de medios de comunicación, así como el diseño de estrategias de comunicación y en general, toda actividad relacionada directa o indirectamente con la realización de todos los negocios y actividades que los socios acuerden y que estén relacionadas con las actividades anteriores. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las cuales son íntegramente suscritas y pagadas en el acto constitutivo, al contado y en dinero efectivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de marzo de 2025.