MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Tela Lei Limitada

RUT 77342054-8 CVE 2627583
Fecha instrumento
21 de marzo de 2025

Instrumento

Fecha
21 de marzo de 2025
Repertorio
523-2025
Notario
RODRIGO MARCELO ABARZÚA VERGARA
Oficio
Sexta Notaría de Temuco con asiento en la comuna de Padre Las Casas

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO MARCELO ABARZÚA VERGARA, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Temuco con asiento en la comuna de Padre Las Casas, con domicilio en calle Misionera Clara Brincefield Nº 1477, de la comuna de Padre Las Casas, certifica: Por escritura de fecha 21 de marzo de 2025, repertorio Nº 523-2025, otorgada ante mí, don LEI YANG, chino, comerciante, soltero, cédula de identidad número veintitrés millones ciento noventa y nueve mil setecientos cuarenta y dos guion tres, domiciliada en calle Manuel Rodríguez número mil noventa y ocho, de la ciudad de Temuco; don JIANLEI ZHU, chino, comerciante, soltero, cédula nacional de identidad número veinticinco millones quinientos catorce mil ciento ochenta y cuatro guion ocho, domiciliado en calle Adunate número cuatrocientos veintidós de la ciudad y comuna de Temuco; don FEIJIE WU, chino, comerciante, soltero, cédula nacional de identidad número veintiocho millones cuatrocientos un mil setecientos cuarenta guion cuatro, domiciliado en calle Aldunate número quinientos veintidós de la ciudad y comuna de Temuco, vienen en rectificar la escritura pública de fecha diez de febrero del año dos mil veinticinco, repertorio número trescientos siete guion dos mil veinticinco, otorgada ante el notario público de Padre Las Casas señor Rodrigo Marcelo Abarzúa Vergara, don LEI YANG; don JIANLEI ZHU y don FEIJIE WU, procedieron a realizar una modificación de sociedad Tela Lei Limitada, por cesión de acciones y derechos. : PRIMERO: Por escritura pública de modificación de sociedad de fecha diez de febrero del año dos mil veinticinco, repertorio número trescientos siete guion dos mil veinticinco, otorgada ante el notario público de Padre Las Casas señor Rodrigo Marcelo Abarzúa Vergara, don LEI YANG; don JIANLEI ZHU y don FEIJIE WU, procedieron a realizar una modificación de sociedad Tela Lei Limitada, por cesión de acciones y derechos. SEGUNDO: RECTIFICACIÓN: Los comparecientes vienen en rectificar la señalada escritura pública en lo siguiente: Al individualizar la cesión de derechos don FEIJIE WU se omitió señalar que compra adquiere y acepta para sí el cien por ciento de los derechos en la sociedad pertenecientes a don JIANLEI ZHU, sin embargo, quedó estipulado que ingresa a la sociedad en lugar de don JIANLEI ZHU, y que pagó la suma de cien mil pesos por ello y que se retiró de la sociedad don JIANLEI ZHU. Además por este acto don FEIJIE WU viene en declarar que adquiere y acepta para sí el cien por ciento de los derechos sociales en la sociedad denominada Tela Lei Limitada que corresponden al uno por ciento del capital social, por lo que se rectifica y complementa la escritura señalada en ese sentido. TERCERO: Declaran los comparecientes, que para todos los efectos legales que procedan, la presente escritura pública forma parte integrante de la escritura que mediante este instrumento se rectifica. Además, que en lo no rectificado o complementado quedan plenamente vigentes las estipulaciones contenidas en la escritura pública de modificación de sociedad señalada en la cláusula primera precedente. CUARTO: MANDATO IRREVOCABLE AL PORTADOR: Se faculta al portador de copia autorizada de la presente escritura, para requerir y firmar las anotaciones, subinscripciones e inscripciones que sean necesarias solicitar ante este notario público, el Registro Civil e Identificación, los Conservadores de Bienes Raíces respectivos y las instituciones públicas o privadas que fueren de lugar. La concesión de esta facultad es, desde luego, irrevocable y se cumplirá, aunque sobrevenga la muerte o incapacidad de los mandantes o sus representantes. QUINTO: Se deja constancia que el capital social es de diez millones de pesos.- Padre Las Casas, 25 de marzo de 2025.