Instrumento
- Fecha
- 23 de enero de 2025
- Repertorio
- 950-2025
- Notario
- KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
- Domicilio
- don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Notario Público Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, Providencia, certifico que: Por escritura pública de fecha 23 de enero de 2025, Repertorio N° 950-2025, ante titular, se redujo acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de “Inversiones Moga SpA” celebrada con fecha 22 de enero de 2025, con asistencia del 100% de las acciones emitidas en la cual don Pablo Javier Strauszer Sepúlveda y doña Mónica Paz Strauszer Sepúlveda acordaron dividir “Inversiones Moga SpA” en dos sociedades, una que es continuadora legal de la existente, y la otra que se constituyó en ese acto como sociedad por acciones con nombre “Magdapaz SpA”, cuyos estatutos se extractan a continuación: Pablo Javier Strauszer Sepúlveda, y doña Mónica Paz Strauszer Sepúlveda; ambos comparecientes con domicilio en calle Espoz número tres mil doscientos cincuenta, departamento ciento uno, comuna de Vitacura, Santiago, Región Metropolitana; exponen que por el presente acto vienen en constituir una sociedad por acciones, en adelante la “Sociedad”, que se regirá por las estipulaciones contenidas en los siguientes estatutos y por las disposiciones legales y reglamentarias vigentes sobre la materia. El nombre de la sociedad por acciones por este acto se constituye es “MAGDAPAZ SpA”. El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o en el extranjero. La duración de la Sociedad es indefinida. El objeto de la Sociedad será i) La adquisición, enajenación, permuta, realización de operaciones de leasing, urbanización, loteo, construcción, remodelación, dar y tomar en arriendo, subarriendo u otra forma de explotación, así como la comercialización y explotación en cualquier forma de toda clase de bienes inmuebles, sean propios o ajenos; ii) Construcción, realización de toda clase de edificaciones, por cuenta propia o de terceros; iii) Comercialización y explotación de los inmuebles en cualquier forma incluyendo el arrendamiento de unidades habitacionales y estacionamientos; iv) la inversión con fines rentísticos de toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, la inversión en todo tipo de títulos, derechos, valores o efectos de comercio, el desarrollo de cualquier actividad desarrollada con capitales mobiliarios o inmobiliarios, la participación en proyectos de inversión, sociedades, comunidades o asociaciones; y v) En general, cualquier otra actividad que los socios acuerden y que tengan relación con las anteriores. El capital de la Sociedad es la cantidad de trece millones seiscientos ochenta y un mil seiscientos cuarenta y tres pesos, dividido en veintisiete mil quinientas acciones, todas nominativas y sin valor nominal, todas de la misma serie y de igual valor. El capital de la Sociedad se suscribe y paga de conformidad al Artículo Primero Transitorio. Demás estipulaciones constan de escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 21 de marzo de 2025.