ESTEPA SOLAR SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de marzo de 2025
- Repertorio
- 13777/2025
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ATLAS ENERGÍA DOS SpA | socio | 77590989-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38ª Notaría Santiago, con domicilio en Avenida Isidora Goyenechea N°3.477, oficina 10, comuna de Las Condes, CERTIFICO: que, por escritura pública de fecha 24 de marzo de 2025, otorgada ante mí, bajo el Repertorio N°13.777/2025, ATLAS ENERGÍA DOS SpA, Rol Único Tributario N°77.590.989-7, en su calidad de único y exclusivo accionista de ESTEPA SOLAR SpA (la “Sociedad”), Rol Único Tributario N°77.102.125-5, inscrita a fojas 77.217, N°37.949, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2019, resolvió modificar los estatutos de la Sociedad como sigue: /a/ aumentar el capital de la Sociedad desde la suma de $1.000.000 pesos, dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de una misma serie, las cuales se encontraban íntegramente suscritas y pagadas a la fecha de la escritura extractada, a la cantidad de $1.487.305.000 pesos, sin que medie la emisión de nuevas acciones de pago. La suma de $1.486.305.000, correspondiente al aumento de capital, ha sido íntegramente pagada según consta en la escritura extractada; y /b/ en virtud de lo anterior, se reemplazó el Artículo Quinto Permanente y el Artículo Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad por los que se transcriben a continuación: “ARTÍCULO QUINTO. Capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de mil cuatrocientos ochenta y siete millones trescientos cinco mil pesos, dividido en mil acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la forma indicada en el artículo primero transitorio. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o con otros bienes. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, gozarán de los mismos derechos que correspondan a las acciones íntegramente pagadas.”; y "ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y pago del capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de mil cuatrocientos ochenta y siete millones trescientos cinco mil pesos, dividido en mil acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado.” El Notario que suscribe certifica que Atlas Energía Dos SpA, a la fecha de la escritura extractada y a la fecha de hoy, era y es el único y exclusivo titular de la totalidad de las acciones emitidas por la Sociedad según consta en el Registro de Accionistas de Estepa Solar SpA. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. En todo lo no modificado por escritura extractada, continúan plenamente vigentes los estatutos sociales. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 25 de marzo de 2025.