AGRÍCOLA HACIENDA CANTERAS SpA
Instrumento
- Fecha
- 31 de enero de 2025
- Repertorio
- 12914-2025
- Notario
- FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
- Oficio
- 2da Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $34.292.489.669 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la ciudad y comuna de Santiago, Región Metropolitana
Objeto social
El objeto de la Sociedad es, ya sea actuando directamente o por intermedio de terceros: a) la explotación agrícola, ganadera y)o forestal de predios agrícolas propios y)o arrendados o de los que la Sociedad tome en medianería o en otra forma de explotación, la comercialización y beneficio de los productos provenientes de dichas actividades y la prestación de servicios complementarios y de apoyo a empresas, personas naturales y)o personas jurídicas que lleven a cabo actividades agrícolas, ganaderas y de otros rubros afines, sean o no relacionadas a la Sociedad; b) el desarrollo y)o participación en todo tipo de proyectos o inversiones turísticas y contratar todo tipo de servicios turísticos en el territorio nacional o en el extranjero; c) la realización de cualquier tipo de prestación de servicios relacionados a la construcción, instalaciones, confección de especialidades, contratos generales de construcción, terminaciones, ampliaciones, o remodelaciones, entre otras; y, d) la prestación de servicios administrativos, gerenciales y back office a empresas o personas, sean éstas relacionadas o no relacionadas. Para el cumplimiento de estos objetos, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, e incluso formar sociedades o ingresar en ellas;
Administración
La Sociedad será administrada por un Directorio de 3 miembros, que la representará judicial y extrajudicialmente, y que está investido de todas las facultades de administración y disposición que las leyes o los estatutos no establezcan como privativas de las juntas de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la 2da Notaría de Santiago, con domicilio en calle Alcántara número 107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 31 de enero de 2025, otorgada ante Rodrigo Andrés Pinares Alvarado, Notario Suplente de esta Notaría, anotada bajo el repertorio N°12.914-2025, comparecieron i) Sierra Inversiones Limitada, rol único tributario N°77.136.655-4 (en adelante, “Sierra Inversiones”), Inversiones Curaco Limitada, rol único tributario N°77.136.657-0 (en adelante, “Inversiones Curaco”), Inversiones Humboldt Limitada, rol único tributario N°77.136.649-K (en adelante, “Inversiones Humboldt”) e Inversiones Ventisquero Limitada, rol único tributario N°77.136.659-7 (en adelante, “Inversiones Ventisquero”) en sus calidades de actuales, únicos y exclusivos socios de la sociedad de responsabilidad limitada AGRÍCOLA LAS BANDURRIAS LIMITADA, rol único tributario N°76.253.422-3 (en adelante, “Las Bandurrias”), inscrita a fojas 85.866, número 60.147 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2012; y ii) Inmobiliaria Valle Hermoso SpA, rol único tributario N°78.058.060-6 (en adelante, “Valle Hermoso”), en su calidad de único, actual y exclusivo accionista de AGRÍCOLA HACIENDA CANTERAS SpA, rol único tributario N°86.353.500-K (en adelante, “AHC”), inscrita a fojas 12.734, número 7.611 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 1979; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Andrés Bello 2.777, piso 4, oficina 402, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, quienes acordaron: /Uno/ La fusión por absorción e incorporación de Las Bandurrias en AHC, la que surtió sus efectos a contar de la fecha de la escritura extractada (en adelante, la “Fusión”). De esta forma, producto de la Fusión, Las Bandurrias se disolvió de pleno derecho sin necesidad de liquidación alguna, y AHC sucedió en todos los derechos y obligaciones de Las Bandurrias, incorporándose a AHC la totalidad de los socios y patrimonio de Las Bandurrias, de acuerdo a la relación de canje aprobada en la escritura extractada. Como consecuencia de la Fusión, los únicos y exclusivos accionistas de AHC pasaron a ser Sierra Inversiones, Inversiones Curaco, Inversiones Humboldt, Inversiones Ventisquero y Valle Hermoso; y /Dos/ Con el objeto de materializar la Fusión, Sierra Inversiones, Inversiones Curaco, Inversiones Humboldt, Inversiones Ventisquero y Valle Hermoso, en su calidad de únicos, actuales y exclusivos accionistas de AHC post Fusión, acordaron: i) Aumentar el capital de AHC de la cantidad de $3.239.568.177 pesos dividido en 7.716.710 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de igual valor cada una, a la cantidad de $34.292.489.669 pesos dividido en 39.607.606 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de igual valor cada una; esto es, un aumento de capital por $31.052.921.492 pesos, mediante la emisión de 31.890.896 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de igual valor cada una, las cuales se dieron por pagadas mediante el aporte a AHC de la totalidad de las acciones o derechos sociales, y de los activos y pasivos de Las Bandurrias en virtud de la Fusión, y de acuerdo con la relación de participación estipulada en la escritura extractada; ii)Modificar los estatutos de AHC mediante el reemplazo de los artículos Cuarto, Quinto, Sexto, Séptimo, Octavo, Noveno, Décimo, Duodécimo, Decimoquinto, Decimosexto, Decimoséptimo, Decimoctavo, Decimonoveno, Vigésimo, Vigesimosegundo, Vigesimoquinto, Vigesimosexto, Vigesimoctavo, Vigesimonoveno, Trigésimo, Trigésimo segundo, Trigésimo sexto, Trigésimo octavo, Trigésimo noveno, Cuadragésimo, y Cuadragésimo primero de las disposiciones permanentes; y iii) Otorgar un estatutos refundido de los estatutos de AHC, de los cuales se extracta lo siguiente: Nombre: El nombre de la sociedad es “AGRÍCOLA HACIENDA CANTERAS SpA”, la que podrá actuar para fines comerciales, publicitarios y de mero trámite, incluso ante bancos y autoridades, pero en ningún caso para obligarse legalmente, bajo la sigla “AHC SpA”; Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad y comuna de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero, así como de los domicilios especiales que pueda fijar en actos o contratos determinados; Objeto: El objeto de la Sociedad es, ya sea actuando directamente o por intermedio de terceros: a) la explotación agrícola, ganadera y/o forestal de predios agrícolas propios y/o arrendados o de los que la Sociedad tome en medianería o en otra forma de explotación, la comercialización y beneficio de los productos provenientes de dichas actividades y la prestación de servicios complementarios y de apoyo a empresas, personas naturales y/o personas jurídicas que lleven a cabo actividades agrícolas, ganaderas y de otros rubros afines, sean o no relacionadas a la Sociedad; b) el desarrollo y/o participación en todo tipo de proyectos o inversiones turísticas y contratar todo tipo de servicios turísticos en el territorio nacional o en el extranjero; c) la realización de cualquier tipo de prestación de servicios relacionados a la construcción, instalaciones, confección de especialidades, contratos generales de construcción, terminaciones, ampliaciones, o remodelaciones, entre otras; y, d) la prestación de servicios administrativos, gerenciales y back office a empresas o personas, sean éstas relacionadas o no relacionadas. Para el cumplimiento de estos objetos, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, e incluso formar sociedades o ingresar en ellas; Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de $34.292.489.669 pesos, dividido en 39.607.606 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una, el que se ha suscrito y pagado íntegramente, conforme a los términos indicados en los artículos transitorios de estos estatutos; Administración: La Sociedad será administrada por un Directorio de 3 miembros, que la representará judicial y extrajudicialmente, y que está investido de todas las facultades de administración y disposición que las leyes o los estatutos no establezcan como privativas de las juntas de accionistas. Demas estipulaciones que no son materia de extracto constan en escritura extractada. El Notario certifica que, según el Registro de Accionistas de Agrícola Hacienda Canteras SpA, que ha tenido a la vista, a la fecha del presente extracto los únicos accionistas de dicha sociedad son Sierra Inversiones Limitada, Inversiones Curaco Limitada, Inversiones Humboldt Limitada, Inversiones Ventisquero Limitada e Inmobiliaria Valle Hermoso SpA. FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular, 2da Notaría de Santiago. Santiago, 19 de marzo de 2025.