CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Sociedad Tres Marías SpA

RUT 13910442-0 CVE 2626843
Fecha instrumento
24 de marzo de 2025
Notaría
Rancagua

Instrumento

Fecha
24 de marzo de 2025
Notario
RODRIGO JAVIER DIAZ SUAREZ
Oficio
Séptima Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
TURISMO E INVERSIONES MADRIGAL SpA socio 76246729-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO JAVIER DIAZ SUAREZ, Abogado, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Rancagua, con oficio en Carretera el Cobre número 340, local 3, certifica que, por escritura pública, de fecha veinte de febrero de dos mil veinticinco, que doña MARÍA JESÚS SALAZAR GUZMÁN, cédula de identidad número 13.910.442-0, domiciliada en Pasaje Matta 4015, Quebrada de Nogales, Machalí; por sí y en representación de Doña MARÍA MACARENA SALAZAR GUZMÁN, cédula de identidad número 15.122.273-0, domiciliada en Francisco de Asís 315, Concón; y la SOCIEDAD INMOBILIARIA, TURISMO E INVERSIONES MADRIGAL SpA, RUT 76.246.729-1, representada por don JUAN AGUSTIN SALAZAR ZURA, cedula de identidad número 6.364.758-6, domiciliado en Ruta I-500 km 3 Sector Cáhuil, comuna de Pichilemu y de paso en esta, suscribieron escritura de saneamiento de la Sociedad TRES MARIAS SpA., señalando lo siguiente: En el Artículo Quinto del Título Segundo, de la citada constitución de sociedad, se señaló por un error involuntario, que el Capital de la Sociedad será la suma de Diez millones de pesos, error que se repitió en el Artículo Primero Transitorio, respecto al capital social. Además, en este mismo artículo, se señala como los socios se obligan pagar el capital social. Demás estipulaciones en escritura extractada, efectuando el saneamiento del vicio o error señalado en la cláusula anterior, señalando que de acuerdo con lo dispuesto en la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, articulo Tercero letra B y demás pertinentes de la misma ley , se efectúa el saneamiento de la sociedad del vicio formal correspondiente al error en la publicación e inscripción del extracto referido Capital Social y al nombre de uno de los Socios: UNO) estableciéndose que el capital social de la sociedad, corresponde al monto de doce millones quinientos mil pesos, dividido en cien acciones, todas de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, que se suscriben y obligan a pagar de la siguiente manera: La SOCIEDAD MADRIGAL SpA, representada por don JUAN AGUSTIN SALAZAR ZURA, aportara la suma de ocho millones de pesos, equivalente en sesenta y cuatro por ciento, que suscribe en este acto y pagara dentro del plazo de 90 dia, contado desde la fecha de la presente escritura, y doña MARÍA JESÚS SALAZAR GUZMÁN, aporta la suma de DOS MILLONES doscientos cincuenta mil PESOS, su participación social será del dieciocho por ciento; y doña MARIA MACARENA SALAZAR GUZMAN, aporta la suma de DOS MILLONES doscientos cincuenta mil PESOS, su participación social será del dieciocho por ciento; y DOS) que el nombre del socio corresponde a SOCIEDAD INMOBILIARIA, TURISMO E INVERSIONES MADRIGAL SpA, erróneamente descrito en el extracto publicado e inscrito. Se mantienen vigentes los estatutos de la sociedad que no fueran expresamente modificados. De mas estipulaciones constan en escritura extractada. Rancagua 24 de marzo del año 2025.