INVERSIONES BIGDATA SpA
Instrumento
- Fecha
- 3 de marzo de 2025
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEvaldo Daniel Rehbein Utreras, Abogado, Notario Titular de la 29º Notaría de Santiago, con oficio en calle Mac – Iver número 225, oficina 302, comuna de Santiago, certifico que con fecha 10 de marzo de 2025, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de la Junta General Extraordinaria Accionistas de “INVERSIONES BIGDATA SpA”, inscrita a fojas 25.726 número 16.213 en el Registro Comercio de Santiago correspondiente al año 2014, celebrada ante mí con fecha 03 de marzo de 2025, en la cual se adoptaron los siguientes acuerdos que se extractan a continuación: (i) Aumentar el capital social estatutario de $1.000.000 de pesos divididos en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de igual valor cada una, íntegramente suscrito y pagado, a la suma de $2.281.000 pesos divididos en 2.281 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de igual valor cada una, mediante la emisión de 1.281 acciones de pago de las citadas características, a un valor de $1.000 pesos por acción, lo que representa la suma de $1.281.000 pesos, que fueron íntegramente suscritas y pagadas en dicho acto por don Francisco Javier Márquez Astorga, mediante el aporte en dominio pleno a la sociedad de DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO acciones de la sociedad “INVERSIONES SALENTO SPA”, RUT N°76.680.172-2, inscrita a fojas 10.233 N°5.695 en el Registro de Comercio del año 2014, valorizado por la Junta a su costo tributario, ascendente a $1.281.000 pesos, y que representa el monto del aumento de capital acordado, el que en consecuencia, quedó íntegramente suscrito y pagado. (ii) Se sustituyó el Artículo Quinto de los estatutos sociales, por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $2.281.000 pesos, dividido en 2.281 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de igual valor cada una, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno de derecho en conformidad de la ley. El capital social se suscribe, entera y paga en la forma indicada en el artículo primero transitorio del presente estatuto social”. (iii) Además, se sustituyó el Artículo Primero Transitorio ajustándolo a la modificación precedente. Se facultó portador copia autorizada extracto para legalización.- Santiago, 10 de marzo de 2025.-