IMPORT EXPORT OU YI MAN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de febrero de 2010
- Notario
- RODRIGO ALEJANDRO GONZÁLEZ BARRIGA
- Oficio
- Primera Notaria de Iquique
- Comuna
- Iquique
Sociedad
- Capital
- $75.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO ALEJANDRO GONZÁLEZ BARRIGA, abogado, Notario Público de la Primera Notaria de Iquique, Plaza Prat 650, certifica que, por escritura pública de hoy, ante mí: Don BRIAND STIHD RIVILLAS CARMONA, Don HECTOR MARIO MARIN CARREON, y Doña LINYUE YANG, todos con domicilio para estos efectos en Calle Interior Cuatro número tres mil seiscientos ochenta y cuatro, Terrazas del Mar, Iquique; modifican sociedad “IMPORT EXPORT OU YI MAN LIMITADA o OU YI MAN LTDA.” constituida escritura pública fecha 09 Febrero 2010, ante Notario Público Iquique, MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, cuyo extracto se inscribió Fojas. 252 vuelta., No. 216, Registro Comercio Iquique, año 2010, y se publicó Diario Oficial fecha 01 Marzo 2010; Capital Social de $75.000 USD. Sentido que, El socio: Don BRIAND STIHD RIVILLAS CARMONA, vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos y acciones en la sociedad que equivalen al 50% del haber total social a Doña LINYUE YANG, quien, compra, acepta y adquiere para sí el 49%, de los derechos y acciones en la sociedad, y a Don HECTOR MARIO MARIN CARREON, quien, compra, acepta y adquiere para sí el 1%, de los derechos y acciones en la sociedad.- Modificación social expresada, sociedad “IMPORT EXPORT OU YI MAN LIMITADA o OU YI MAN LTDA.” queda constituida por sus 2 únicos socios: Doña LINYUE YANG, dueña del 99% derechos y acciones en la sociedad, y Don HECTOR MARIO MARIN CARREON, dueño del 1% derechos y acciones en la sociedad. Los actuales socios acuerdan modificar cláusula cuarta del pacto social, sentido que la administración sociedad y uso razón social corresponderá a los socios, Doña LINYUE YANG, y Don HECTOR MARIO MARIN CARREON, quienes actuando en forma conjunta, separada e indistintamente por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas la representarán y obligarán, con amplias facultades. En todo lo no modificado, quedan plenamente vigentes estipulaciones pacto social primitivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, a 24 Marzo 2025.