AGRÍCOLA EL CÓNDOR DE APALTA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de marzo de 2025
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- 2ª Notaría de Santiago con asiento comuna de Lo Barnechea
Sociedad
- Capital
- $3.638.360.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, abogado, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Santiago con asiento comuna de Lo Barnechea, con Oficio en avenida La Dehesa N°1201, local 101, certifica que: Por escritura pública de fecha 18 de marzo de 2025, autorizada ante mí, don Antonio Pereira Rabat, don Diego Pereira Rabat; don Santiago Pereira Rabat, doña Josefina Pereira Rabat, doña Bernardita Pereira Rabat, doña Francisca Pereira Rabat, don Antonio Marcelino Pereira Yrarrázaval, doña María Estrella Rabat Vilaplana e Inversiones Pullally Limitada, todos domiciliados en Cruz del Sur número 133, oficina 601, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana y de paso en ésta; en su calidad de únicos y actuales socios de “AGRÍCOLA EL CÓNDOR DE APALTA LIMITADA” inscrita a fojas 50.559, N° 37.176 del Registro de Comercio del CBR de Santiago del año 2011 /en adelante, la “Sociedad”/, acordaron modificar la Sociedad en los siguientes términos: /1/ Aumentar el capital de la suma de $3.638.360.000 pesos, en la suma de $4.000.000.000 pesos, con lo cual el capital quedará fijado en la suma de $7.638.360.000 pesos, el que podrá ser enterado en dinero en efectivo, capitalización de créditos, en bienes o especies distintos del dinero. /2/ Como consecuencia del aumento de capital referido precedentemente, ingresa como nuevo socio la sociedad Inversiones Pullally Limitada, suscribiendo la totalidad del aumento de capital, esto es la suma de $4.000.000.000, que será pagada en este acto mediante la capitalización de dicha suma con cargo a un crédito que mantiene contra la Sociedad por la suma de 237.303,45 Unidades de Fomento, que se encuentra documentado y que consta en el registro contable de ambas sociedades. En consecuencia, quedan como únicos socios de la Sociedad, los siguientes: a) Don Antonio Pereira Rabat, b) Don Diego Pereira Rabat; c) Don Santiago Pereira Rabat, d) Doña Josefina Pereira Rabat, e) Doña Bernardita Pereira Rabat, f) Doña Francisca Pereira Rabat, g) Don Antonio Marcelino Pereira Yrarrázaval, h) Doña María Estrella Rabat Vilaplana, y (i) Inversiones Pullally Limitada. /3/ Se modificó el artículo 5° de los Estatutos Sociales por el siguiente: “QUINTO: El capital de la Sociedad es de $7.638.360.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Don Antonio Pereira Rabat es titular de un 7,86% de los derechos sociales, equivalentes a $600.000.000, íntegramente suscritos y pagados con anterioridad a esta fecha. b) Don Diego Pereira Rabat es titular de un 7,86% de los derechos sociales, equivalentes a $600.000.000 íntegramente suscritos y pagados con anterioridad a esta fecha. c) Don Santiago Pereira Rabat es titular de un 7,86% de los derechos sociales, equivalentes a $600.000.000, íntegramente suscritos y pagados con anterioridad a esta fecha. d) Doña Josefina Pereira Rabat es titular de un 7,86% de los derechos sociales, equivalentes a $600.000.000, íntegramente suscritos y pagados con anterioridad a esta fecha. e) Doña Bernardita Pereira Rabat es titular de un 7,86% de los derechos sociales, equivalentes a $600.000.000, íntegramente suscritos y pagados con anterioridad a esta fecha. f) Doña Francisca Pereira Rabat es titular de un 7,86% de los derechos sociales, equivalentes a $600.000.000, íntegramente suscritos y pagados con anterioridad a esta fecha. g) Don Antonio Marcelino Pereira Yrarrázaval es titular de un 0,24% de los derechos sociales, equivalentes a $19.180.000, íntegramente suscritos y pagados con anterioridad a esta fecha. h) Doña Estrella Rabat Vilaplana es titular de un 0,24% de los derechos sociales, equivalentes a $19.180.000, íntegramente suscritos y pagados con anterioridad a esta fecha. i) Inversiones Pullally Limitada es titular de un 52,36% de los derechos sociales, equivalentes a $4.000.000.000 de pesos, íntegramente suscritos y pagados en virtud del presente acto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Responsabilidad de los socios limitada al monto de sus aportes. En lo demás estatutos íntegramente vigentes. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 21 de marzo de 2025.- Patricio Guillermo Corominas Mellado, Notario Público Titular.