CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Paula y Carola SpA

RUT 10306127-K CVE 2625666
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
21 de marzo de 2025
Notaría
Providencia
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
21 de marzo de 2025
Repertorio
2336-2025
Notario
Luis Eduardo Rodríguez Burr
Oficio
1ª Notaría de Providencia
Comuna
Providencia

Sociedad

Capital
$10.000 CLP
Domicilio
Ciudad y comuna de Santiago. 3
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

será ejercida en conjunto por doña PAULA ANDREA ELIZALDE QUINTEROS, y CAROLINA ANDREA NANGARÍ ALCARÁS, ya individualizadas, quienes podrán actuar por la sociedad según facultades que se señalan en escritura

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Eduardo Rodríguez Burr, Notario Público Titular de 1ª Notaría de Providencia, con oficio en Avenida Providencia N° 1777, comuna de Providencia, Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 21 de marzo de 2025, ante mí, Repertorio N° 2336-2025, comparecen doña PAULA ANDREA ELIZALDE QUINTEROS, chilena, divorciada, operadora certificada HBOT, cédula de identidad número 10.306.127-K, domiciliada en calle El Alba 2, parcela número 27, casa 8 B, Condominio Los Olivos, comuna de Colina, ciudad de Santiago, y doña CAROLINA ANDREA NANGARÍ ALCARÁS, chilena, casada, kinesióloga, cédula de identidad número 13.989.247-K, domiciliada en calle El Tranque Norte casa número 14, comuna de Colina, ciudad de Santiago, constituyeron sociedad por acciones: 1. Razón Social: “PAULA Y CAROLA SpA”. 2. Domicilio: Ciudad y comuna de Santiago. 3. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: i) la importación, exportación, distribución, comercialización, compra, venta, arriendo, explotación de bienes muebles e inmuebles, productos, insumos, instrumentos, materiales de uso doméstico o industrial sea por cuenta propia o ajena tanto en Chile como en el extranjero, de todo tipo de bienes, mercancías y productos que la empresa determine, especialmente de equipos médicos y estéticos marca “Inhala”; ii) la inversión en todo tipo de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o por cuenta ajena. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en estas últimas. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con el objeto social. 4. Capital: $10.000.000 de pesos (diez millones de pesos pesos), dividido y representado en 100 acciones ordinarias nominativas, que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas según como se expresa en la escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. 5. Duración: Indefinida. 6. Administración: será ejercida en conjunto por doña PAULA ANDREA ELIZALDE QUINTEROS, y CAROLINA ANDREA NANGARÍ ALCARÁS, ya individualizadas, quienes podrán actuar por la sociedad según facultades que se señalan en escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 21 de Marzo de 2025.