Sociedad Agrícola Lomas Altas Limitada
Instrumento
- Fecha
- 27 de enero de 2025
- Notario
- Juan Ricardo San Martín Urrejola
- Oficio
- 43º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.250 CLP
Administración
Se acordó modificar el tipo y forma de administración de la Sociedad. El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá a: /a) don Rafael Covarrubias Vives y a doña Mónica Valenzuela Morales, quienes, actuando individual e indistintamente, la ejercerán anteponiendo su nombre y firma a la razón social, y podrán representar a la Sociedad con las más amplias facultades; o a /b) doña Mónica Covarrubias Valenzuela, don Rafael Covarrubias Valenzuela, don José Tomás Covarrubias Valenzuela, don Juan Pablo Covarrubias Valenzuela y don Joaquín Covarrubias Valenzuela, quienes, actuando en conjunto tres cualesquiera de ellos, la ejercerán anteponiendo su nombre y firma a la razón social, y podrán representar a la sociedad con las más amplias facultades. En virtud de lo anterior, se reemplazó el artículo cuarto del estatuto referente a la administración social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ricardo San Martín Urrejola, abogado, Notario Público Titular de la 43º Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que: por escritura pública de fecha 27 de enero de 2025, ante mi suplente JAVIERA PAZ ERAZO HERMOSILLA, don Rafael Covarrubias Vives, doña Mónica Covarrubias Valenzuela, don Rafael Covarrubias Valenzuela, don José Tomas Covarrubias Valenzuela y don Juan Pablo Covarrubias Valenzuela, todos domiciliados para estos efectos en Loma La Cruz Sur N° 400, departamento 221, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; en su carácter de únicos y actuales socios de “Sociedad Agrícola Lomas Altas Limitada”, inscrita a fojas 16.171, número 8.095 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1980, en adelante la “Sociedad”, acordaron lo siguiente: (i) División de la Sociedad: dividir la Sociedad en dos sociedades de responsabilidad limitada, una que es su continuadora legal, conservando su personalidad jurídica y todos los atributos propios de la misma, y otra que se formó como consecuencia de la división, la que gira bajo el nombre de “Inversiones Lomas Financiero Limitada”, cuyo estatuto se extracta por separado. (ii) Disminución de capital y modificación de estatutos de la Sociedad. Para materializar la división, se disminuyó el capital de la Sociedad de $1.250.000 a $464.430, suma que los socios han aportado y pagado íntegramente con anterioridad a este acto, a entera satisfacción de la Sociedad, en las siguientes proporciones: i) don Rafael Covarrubias Vives, aportó la cantidad de $445.854, equivalentes a aproximadamente al 96% del capital y los derechos sociales; ii) doña Mónica Covarrubias Valenzuela, aportó la cantidad de $4.644, equivalentes a aproximadamente al 1% del capital y los derechos sociales; iii) don Rafael Covarrubias Valenzuela, aportó la cantidad de $4.644, equivalentes a aproximadamente al 1% del capital y los derechos sociales; iv) don José Tomás Covarrubias Valenzuela, aportó la cantidad de $4.644, equivalentes a aproximadamente al 1% del capital y los derechos sociales; y v) don Juan Pablo Covarrubias Valenzuela, aportó la cantidad de $4.644, equivalentes a aproximadamente al 1% del capital y los derechos sociales. Se deja expresa constancia que los porcentajes de participación de cada socio en el capital social señalados precedentemente son aproximados y se indican a título meramente ilustrativo, primando por sobre éstos la proporción que representa el aporte efectivamente realizado por cada socio. En virtud de lo anterior, se reemplazó el artículo quinto del estatuto social referente al capital social. (iii) Modificación de Administración. Se acordó modificar el tipo y forma de administración de la Sociedad. El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá a: /a/ don Rafael Covarrubias Vives y a doña Mónica Valenzuela Morales, quienes, actuando individual e indistintamente, la ejercerán anteponiendo su nombre y firma a la razón social, y podrán representar a la Sociedad con las más amplias facultades; o a /b/ doña Mónica Covarrubias Valenzuela, don Rafael Covarrubias Valenzuela, don José Tomás Covarrubias Valenzuela, don Juan Pablo Covarrubias Valenzuela y don Joaquín Covarrubias Valenzuela, quienes, actuando en conjunto tres cualesquiera de ellos, la ejercerán anteponiendo su nombre y firma a la razón social, y podrán representar a la sociedad con las más amplias facultades. En virtud de lo anterior, se reemplazó el artículo cuarto del estatuto referente a la administración social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de marzo de 2025.