LACAMARA & ZAÑARTU ABOGADOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de marzo de 2025
- Notario
- RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
- Oficio
- 40ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
Objeto social
La prestación de servicios en materias legales en su más larga extensión, en todo tipo de materias legales, relacionadas con el control y seguimiento de procedimientos y trámites, sean estos de orden judicial, fiscal, administrativo o institucional, y la asesoría técnica y profesional en materia legales en general, y adicionalmente las que los socios, en su calidad de profesionales abogados, ejerzan dentro del ámbito de sus áreas de especialidad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público Interino 40ª Notaría de Santiago, Teatinos 332, CERTIFICO: Por escritura, hoy ante mí, don TOMÁS LACÁMARA DE CAMINO, y doña CAROLINA PATRICIA ZAÑARTU APARA, ambos domiciliados en Alonso de Córdova Nº 5151, oficina 904, Comuna de Las Condes, pactan sociedad de responsabilidad limitada Razón social: “LACAMARA & ZAÑARTU ABOGADOS LIMITADA” nombre de fantasía "L&Z LTDA.". Domicilio: Santiago, sin perjuicio agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La prestación de servicios en materias legales en su más larga extensión, en todo tipo de materias legales, relacionadas con el control y seguimiento de procedimientos y trámites, sean estos de orden judicial, fiscal, administrativo o institucional, y la asesoría técnica y profesional en materia legales en general, y adicionalmente las que los socios, en su calidad de profesionales abogados, ejerzan dentro del ámbito de sus áreas de especialidad. Capital social: $1.000.000, que se aporta y entera de la siguiente forma: a) Don Tomás Lacámara de Camino, la suma de $900.000, equivalente al 90% haber social, en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ya ingresado caja social; y b) Carolina Patricia Zañartu Apara, $100.000, equivalente al 10% haber social, en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ya ingresado caja social. Socios limitan su responsabilidad legal al monto de sus respectivos aportes. Administración y uso razón social: Corresponderá a don Tomás Lacámara de Camino, quien anteponiendo a su firma la razón social, podrá celebrar actos, contratos y convenciones para cumplimiento objeto social. Plazo duración sociedad: 5 años contados desde fecha escritura extractada, renovable tácita, automática y sucesivamente por períodos de 5 años cada uno, salvo si uno de los socios declarara su deseo de ponerle término en forma y plazo señalado en pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 12 de Marzo de 2025.