Andes STR SpA
Instrumento
- Fecha
- 19 de marzo de 2025
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $996.460.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos número 941, local 302, comuna de Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 19 de marzo de 2025, otorgada ante mí, bajo Repertorio número 5199-2025, se redujo el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “Andes STR SpA” (en adelante la “Sociedad”), sociedad inscrita a fojas 60.013, número 26.550 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2022, celebrada con fecha 13 de marzo de 2025, ante mí, en la que se acordó, entre otras cosas: (1) Aumentar el capital de la Sociedad en la suma de $996.460.000, mediante la emisión de 996.460 acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, esto es de la suma de $949.880.000, dividido en 1.948.880 acciones ordinarias, a la suma de $1.946.340.000 dividido en 2.945.340 acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal; y (2) Como consecuencia del aumento de capital se reemplazaron los Artículos Quinto y Primero Transitorio, por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $1.946.340.000, dividido en 2.945.340 acciones ordinarias, nominativas, la misma serie y sin valor nominal. Cada acción otorga un voto a su legítimo dueño. Se deja expresa constancia que tanto el capital inicial, como los eventuales aumentos de capital podrán pagarse en dinero efectivo, bienes o aportes en trabajo. La valoración de los aportes en bienes o trabajo se hará por el Directorio de la Sociedad, en caso de haber. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. El capital social deberá ser aumentado o disminuido mediante acuerdo de la Junta de Accionistas. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de haber Directorio, éste queda facultado en forma permanente para acordar aumentos de capital con el objeto de financiar la gestión ordinaria de la Sociedad o para fines específicos. El plazo para enterar los aumentos de capital será de seis meses contados desde la fecha del acuerdo respectivo, salvo que la Junta o el Directorio, según corresponda, acuerden algo distinto. En el caso de aumentos de capital mediante la emisión de acciones de pago, será necesario hacer oferta preferente de dichas acciones a los accionistas de la Sociedad”. “Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $1.946.340.000, dividido en 2.945.340 acciones ordinarias, nominativas, la misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: (i) Con la suma de $949.880.000, dividido en 1.948.880 acciones ordinarias, íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y (ii) Con la suma de $996.460.000 dividido en 996.460 acciones ordinarias, las cuales deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo de 6 meses a contar del 13 de marzo de 2025”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 20 de marzo de 2025.