TRANSPORTES CARMAR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de febrero de 2025
- Repertorio
- 206
- Notario
- Juan Pablo Espinosa Schiappacasse
- Oficio
- Segunda Notaría de Limache con asiento en la Comuna Olmué
- Comuna
- Limache con
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| CARMAR LTDA | socio | 78510360-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Pablo Espinosa Schiappacasse, Notario Público de la Segunda Notaría de Limache con asiento en la Comuna Olmué, Avenida Arturo Prat Nº 4900 Oficina B, certifico: Que mediante escritura pública de fecha 27 de Febrero de 2025, Repertorio Nº 206, ante mí, señores RODRIGO JOSE MARTINEZ CAMBIASO, transportista, domiciliado en Petalonia Nº 475 Depto. 171-A, Jardín del Mar, Comuna de Viña del Mar; FABIOLA SCARLA CARLE FERNANDEZ, Educadora Diferencial, domiciliada en Petalonia Nº 475 Depto. 171-A, Jardín del Mar, Comuna de Viña del Mar; y BENJAMIN JORGE MARTINEZ CARLE, ingeniero comercial, domiciliado en Liquidambar Nº 481 Depto. 2003, Comuna de Con Cón, acuerdan, respecto de la sociedad denominada TRANSPORTES CARMAR LIMITADA, que usa también nombre de fantasía CARMAR LTDA., RUT Nº 78.510.360-2, constituida escritura pública de 3 de Mayo de 1994 ante Notario Público de Valparaíso don Luis Enrique Fischer Yavar, Repertorio Nº 55, extracto inscrito Fs. 337 vta. Nº 364 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces de Viña del Mar año 1994 y publicado Diario Oficial del 17 de Mayo de 1994, modificada: a) Por escritura pública de 28 de Abril de 2023 ante doña Pía Alejandra Solís Segura, Notario Público Suplente del Titular de la Segunda Notaría de Limache, con asiento en la Comuna de Olmué, don Juan Pablo Espinosa Schiappacasse, Repertorio Nº 716, extracto inscrito a Fs. 746 Nº 503 del Registro de Comercio Conservador Bienes Raíces de Viña del Mar año 2023 y publicado Diario Oficial del 20 de Mayo de 2023; b) Por escritura pública de 8 de Septiembre de 2023, otorgada ante doña Pía Alejandra Solís Segura, Notario Público con Oficio en Olmué, Suplente del Titular don Juan Pablo Espinosa Schiappacasse, Repertorio Nº 716, extracto inscrito Fs. 1323 Nº 886 Registro de Comercio Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar año 2023 y publicado Diario Oficial del 22 de Septiembre de 2023; c) Por escritura pública de fecha 25 de Octubre de 2023, otorgada ante don Juan Pablo Espinosa Schiappacasse, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Limache con asiento en la Comuna de Olmué, Repertorio Nº 840-2023, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial del 23 de Noviembre de 2023, y se inscribió a Fojas1.560 vuelta Nº Número 1.054 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, correspondiente al año 2023, d) Resciliada y modificada por escritura pública de fecha 9 de Abril de 2024, otorgada ante don Juan Pablo Espinosa Schiappacasse, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Limache con asiento en la Comuna de Olmué, Repertorio Nº 313, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial del 8 de Mayo de 2024, y se inscribió a Fojas 690 vuelta Nº 438 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, correspondiente al año 2024; y e) Por escritura pública de fecha 12 de Julio de 2024, otorgada ante don Juan Pablo Espinosa Schiappacasse, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Limache con asiento en la Comuna de Olmué, Repertorio Nº 578-2024, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial del 26 de Julio de 2024, y se inscribió a Fojas1.131 Nº 739 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, correspondiente al año 2024, acuerdan, como se dijo, lo siguiente: 1) Socio Rodrigo José Martínez Cambiaso vende, cede y transfiere parte de sus derechos sociales que le pertenecen en esa sociedad y su parte proporcional correspondiente de interés en ella, parte ascendente al 43,75%, al compareciente don Benjamín Jorge Martínez Carle; precio de la cesión $43.195.425.- que se pagan en forma indicada en escritura extractada. Como consecuencia de esta cesión de derechos, los únicos y actuales socios de esa sociedad son las personas que se indican a continuación, a las cuales corresponde y pertenece lo siguiente: a) Don Rodrigo José Martínez Cambiaso, al cual le corresponde el 55% del capital social o de los derechos en esa sociedad; b) Doña Fabiola Scarla Carle Fernández, a la cual le corresponde el 1,25% del capital social o de los derechos en esa sociedad; y c) Don Benjamín Jorge Martínez Carle, al cual le corresponde el 43,75 del capital social o de los derechos en esa sociedad. 2) Los comparecientes Rodrigo José Martínez Cambiaso, Fabiola Scarla Carle Fernández y Benjamín Jorge Martínez Carle, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad individualizada precedentemente, acuerdan introducir las siguientes modificaciones al contrato social: 2-1) Que los actuales y únicos socios de la sociedad son: a) Don Rodrigo José Martínez Cambiaso, al cual le corresponde el 55% del capital social o de los derechos en esa sociedad; b) Doña Fabiola Scarla Carle Fernández, a la cual le corresponde el 1,25% del capital social o de los derechos en esa sociedad; y c) Don Benjamín Jorge Martínez Carle, al cual le corresponde el 43,75 del capital social o de los derechos en esa sociedad. 2-2) Reemplazar el Artículo Tres del pacto social por el siguiente: "Artículo Tres. Del capital. El capital social será la suma de $10.000.000.-, que se aporta y paga en la siguiente forma: a) El socio don Rodrigo José Martínez Cambiaso aporta la suma de $5.500.000.-, esto es, 55% del capital social, en dinero efectivo, la cual se encuentra ingresada en la caja social; b) La socia doña Fabiola Scarla Carle Fernández aporta la suma de $125.000.-, esto es, el 1,25% del capital social, en dinero efectivo, la cual se encuentra ingresada en la caja social; y c) El socio don Benjamín Jorge Martínez Carle aporta la suma de $4.375.000.-, esto es, el 43,75 del capital social, en dinero efectivo, la cual se encuentra ingresada en la caja social." 3) Se modificaron las facultades de los socios encargados de la administración y el uso de la razón social, comparecientes Rodrigo José Martínez Cambiaso y Fabiola Scarla Carle Fernández, las que no se incluyen por no ser materia de extracto, para cuyo efecto modificaron el Artículo Cinco del pacto social. Otras estipulaciones constan escritura extractada. En lo no modificado regirá pacto social. Olmué, 13 de Marzo de 2025."