MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD MEDICA DR. GUILLERMO CONCHA GROSSI LIMITADA

RUT 76078337-4 CVE 2624332
Capital
$10.500.000 CLP
Fecha instrumento
23 de octubre de 2009
Notaría
Copiapó
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
23 de octubre de 2009
Repertorio
877
Notario
otorgada ante doña MARIA CAROLINA BASCUÑAN BARROS
Oficio
Interina de la Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Copiapó

Sociedad

Capital
$10.500.000 CLP
Domicilio
Copiapó
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

La sociedad será representada y administrada por don GUILLERMO ENRIQUE CONCHA GROSSI

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLA ANDREA REBOLLEDO PEDRAZA, Notario Suplente de la Notario Titular de la Tercera Notaría de Copiapó, doña GABY SOLEDAD HERNÁNDEZ SOTO, con oficio en calle O’Higgins N° 770, Certifico que en esta Notaria: por escritura pública de fecha 11 de Marzo de2025, Repertorio Nº877, don CLAUDIO ANDRÉS CONCHA GROSSI, cédula de identidad número 8.626.103-0, con domicilio en Colipí número cuatrocientos ochenta y cuatro, departamento seiscientos siete A, Torre Atacama, comuna de Copiapó, Región de Atacama, don GUILLERMO SEGUNDO CONCHA BUSTOS cédula de identidad número 4.174.809-5, con domicilio en Parcela veinticuatro Piedra Colgada, comuna de Copiapó, Región de Atacama y don GUILLERMO ENRIQUE CONCHA GROSSI, cédula de identidad número 8.626.111-1, con domicilio Colipí número cuatrocientos ochenta y cuatro, departamento seiscientos siete A, Torre Atacama, comuna de Copiapó, Región de Atacama, declaran: PRIMERO. Que, por escritura pública de fecha 23 de octubre del año 2009, otorgada ante doña MARIA CAROLINA BASCUÑAN BARROS, abogado, Notario Público Interina de la Segunda Notaría de Santiago, los comparecientes, don GUILLERMO ENRIQUE CONCHA GROSSI, don GUILLERMO SEGUNDO CONCHA BUSTOS en conjunto con doña ORIANA INES GROSSI TORNINI, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD MEDICA DR. GUILLERMO CONCHA GROSSI LIMITADA”, nombre de fantasía “DR. GUILLERMO CONCHA GROSSI LTDA.”, rol único tributario número 76.078.337-4, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 416, número 309, del Registro de Comercio de Copiapó del año 2009, publicada en el Diario Oficial con fecha 12 de noviembre del año 2009. SEGUNDO. MODIFICACIONES SOCIALES. UNO) Escritura de Adjudicación. Por escritura pública de fecha 15 de julio del año 2024, otorgada ante doña GABY SOLEDAD HERNANDEZ SOTO, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de la Provincia de Copiapó, los comparecientes efectuaron una liquidación parcial de bienes de la comunidad hereditaria “Concha Grossi” dejada por doña ORIANA INES GROSSI TORNINI, respecto de la “SOCIEDAD MEDICA DOCTOR GUILLERMO CONCHA GROSSI LIMITADA” o “DR. GUILLERMO CONCHA GROSSI LTDA.”, individualizada en la cláusula anterior, adjudicando los derechos correspondiente a la causante, equivalentes al 46 por ciento del total del patrimonio social, de la siguiente forma: a) a don GUILLERMO SEGUNDO CONCHA BUSTOS, en su calidad de cónyuge sobreviviente, el 23 por ciento del valor total de los derechos -en la sociedad- que correspondían -en vida- a la causante en su calidad de socia, los que fueron aceptados en conformidad por el adjudicatario; b) a don CLAUDIO ANDRÉS CONCHA GROSSI, en su calidad de hijo, el 11,5 por ciento del total de los derechos -en la sociedad- que correspondían -en vida- a la causante en su calidad de socia, los que fueron aceptados en conformidad por el adjudicatario; y c) a don GUILLERMO ENRIQUE CONCHA GROSSI, en su calidad de hijo, el 11,5 por ciento del total de los derechos -en la sociedad- que correspondían -en vida- a la causante en su calidad de socia, los que fueron aceptados en conformidad por el adjudicatario. DOS) En razón de la adjudicación previamente descrita, la composición societaria de la “SOCIEDAD MEDICA DOCTOR GUILLERMO CONCHA GROSSI LIMITADA” o “DR. GUILLERMO CONCHA GROSSI LTDA.” queda de la siguiente forma: a) don GUILLERMO SEGUNDO CONCHA BUSTOS es dueño del 69 por ciento del total de los derechos sociales, b) don GUILLERMO ENRIQUE CONCHA GROSSI es dueño del 19,5 por ciento del total de los derechos sociales; y c) don CLAUDIO ANDRÉS CONCHA GROSSI es dueño del 11,5 por ciento del total de los derechos sociales. TRES) Aumento de capital. Por este acto los actuales socios acuerdan aumentar el capital de la sociedad, conforme a las siguientes estipulaciones: CUATRO) El capital de la sociedad asciende a la fecha a 1.000.000 de pesos, el que será aumentado en la suma de 10.500.000 pesos, quedando en un total de 11.500.000 pesos. CINCO) El aumento de capital de 10.500.000 pesos es aportado en este acto en dinero efectivo, por el socio don GUILLERMO ENRIQUE CONCHA GROSSI. SEIS) Como consecuencia del aumento de capital antes descrito, las participaciones sociales quedan distribuidas de la siguiente manera: a) don GUILLERMO SEGUNDO CONCHA BUSTOS, aporta 690.000 pesos, lo que equivale al 6 por ciento del total de los derechos sociales, b) don GUILLERMO ENRIQUE CONCHA GROSSI, aporta 10.695.000 pesos, lo que equivale al 93 por ciento del total de los derechos sociales; y c) don CLAUDIO ANDRÉS CONCHA GROSSI aporta 115.000 pesos, lo que equivale al 1 por ciento del total de los derechos sociales, modificando en este sentido la cláusula relativa al capital. TERCERO. TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDAD. Que, los comparecientes transforman la Sociedad de Responsabilidad Limitada en una Sociedad por Acciones. RAZÓN SOCIAL: El nombre o razón social de la sociedad será “SOCIEDAD PRESTACIONES EN SALUD SpA”. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios médicos ambulatorios, diagnóstico, curación y rehabilitación de las personas, en el área de la salud y la medicina, en su más amplio sentido y alcance, en especial lo relacionado con la especialidad urología, incluyendo la medicina por vías telemáticas (telemedicina) y los servicios médicos domiciliarios, dirigidos directamente al público en general o a través de convenios con empresas, isapres o cualquier entidad pública o privada; b) Realización de actividades de educación, capacitación y enseñanza en el área de la salud; c) Realización de peritajes judiciales en el ámbito médico, servicios de evaluación, análisis, y asesorías técnicas en procesos judiciales, administrativos o arbitrales, tanto para organismos públicos como privados. d) La obtención de rentas y frutos provenientes de toda clase de inversiones, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, letras de cambio, pagarés, letras de crédito, certificados de depósitos, documentos negociables, valores mobiliarios y todo efecto de comercio; títulos de créditos, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores, pudiendo concurrir o participar en la formación o ingresar en toda clase de personas, de capitales, comunidades, asociaciones y cuentas en participación; y e) En general, realizar actos de comercio relacionados, directa o indirectamente, con los mencionados objetos y todo otro negocio o actividad que acordaren los accionistas. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La sociedad será representada y administrada por don GUILLERMO ENRIQUE CONCHA GROSSI. CAPITAL: El capital de la sociedad será de 11.500.000 pesos, dividido en 100 acciones de una sola serie y sin valor nominal, completamente suscritas y pagadas, por cuanto corresponde al capital pagado en la sociedad que por este acto se transforma, y se representa de la siguiente manera: A) don GUILLERMO SEGUNDO CONCHA BUSTOS, suscribe 6 acciones, valorizadas en 690.000 pesos, suma que se encuentra totalmente pagada y que equivale al 6 por ciento de la participación social; B) don GUILLERMO ENRIQUE CONCHA GROSSI, suscribe 93 acciones, valorizadas en 10.695.000 pesos, suma que se encuentra totalmente pagada y que equivale al 93 por ciento de la participación social; y C) don CLAUDIO ANDRÉS CONCHA GROSSI, suscribe 1 acción, valorizada en 115.000 pesos, suma que se encuentra totalmente pagada y que equivale al 1 por ciento de la participación social. DOMICILIO: La sociedad tendrá su domicilio en Copiapó, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan existir en el futuro en otro lugar. DURACIÓN: La sociedad durará indefinidamente a contar de esta fecha. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Copiapó, 11 de Marzo de 2025.