Instrumento
- Fecha
- 14 de marzo de 2025
- Repertorio
- 7373
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios agrícolas, en especial en el rubro de la fruticultura y la floricultura, tales como los servicios de cosecha, raleo, podas, fumigaciones, aplicación de abonos y todos los que sean necesarios o relacionados con la producción de frutas o flores, ya sea con personal o maquinarias propias o con personal o equipos subcontratados, arrendados a terceros, y la ejecución de todos los actos, civiles o mercantiles, que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto social o tiendan a su consecución
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 14 de marzo de 2025, con repertorio N°7.373, la sociedad Inversiones y Rentas Tulip SpA, debidamente representada, constituyó una sociedad por acciones, en adelante la “Sociedad”. Nombre: “SERVICIOS AGRÍCOLAS FLORAPACK SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios agrícolas, en especial en el rubro de la fruticultura y la floricultura, tales como los servicios de cosecha, raleo, podas, fumigaciones, aplicación de abonos y todos los que sean necesarios o relacionados con la producción de frutas o flores, ya sea con personal o maquinarias propias o con personal o equipos subcontratados, arrendados a terceros, y la ejecución de todos los actos, civiles o mercantiles, que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto social o tiendan a su consecución. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $5.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, el que ha sido íntegramente suscrito en el acto de constitución por Inversiones y Rentas Tulip SpA, la que se obligó a pagarlo en dinero o en otros bienes dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de constitución de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 18 de marzo de 2025.