MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

WICLINIC HOLDING SpA

RUT 77676964-9 CVE 2623876
Capital
$8.785.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de febrero de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
17 de febrero de 2025
Repertorio
1529-2025
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$8.785.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUMBERTO QUEZADA MORENO, Abogado, Notario Titular, 26ª Notaría de Santiago, domiciliado en Apoquindo Nº 3196, comuna de Las Condes, Certifico: Con fecha 07 de marzo de 2025, repertorio N° 1529-2025, ante mí, se redujo a escritura pública Acta “Junta Extraordinaria de Accionistas WICLINIC HOLDING SpA” (en adelante la “Sociedad”), celebrada con fecha 17 de febrero de 2025, en las oficinas ubicadas en calle Ebro 2740, oficina 603, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en virtud de la cual accionistas acordaron: I) Aumentar el capital de la sociedad de $7.785.000.000, dividido en 350.520.833 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, a la suma de $8.785.000.000, dividido en 450.520.833 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, y II) Modificar los artículos quinto y segundo transitorio de los estatutos, por los del siguiente tenor: “Artículo Quinto: Uno. El capital de la sociedad es la suma de $8.785.000.000.- dividido en 450.520.833.- acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, que se suscriben y pagan por los accionistas en la forma indicada en el artículo Segundo Transitorio de los estatutos sociales, el que en todo caso deberá quedar íntegramente suscrito y pagado dentro del plazo de cinco años contados desde la presente fecha. El plazo para enterar los aumentos de capital será de cinco años contados desde la fecha del acuerdo respectivo, salvo que la Junta acuerde algo distinto. Si no se pagare el capital o sus posteriores aumentos oportunamente al vencimiento de los plazos correspondientes, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. En el caso de aumento de capital mediante la emisión de acciones de pago, será necesario hacer oferta preferente de dichas Acciones a los Accionistas de la Sociedad. Dos. La Sociedad podrá adquirir a cualquier título y poseer acciones de su propia emisión, las que deberán ser enajenadas dentro del plazo de un año contado desde la fecha de su adquisición. Si no fueran enajenadas dentro de dicho plazo, el capital social quedará reducido de pleno derecho y las acciones referidas serán eliminadas del registro de accionistas, reduciéndose por tanto el número de acciones en que se dividirá el capital. Mientras las acciones de propia emisión permanezcan bajo el dominio de la Sociedad no se computarán para la constitución de los quórums en Juntas de Accionistas, aprobar modificaciones a los estatutos, ni tendrán derecho a voto, dividendo o preferencia en la suscripción de nuevas acciones”. Del mismo modo se modifica: “Artículo Segundo Transitorio: El capital de la sociedad es la suma de $8.785.000.000.- dividido en 450.520.833.- acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, de las cuales: (i) 250.520.833 se encuentran actualmente suscritas y pagadas por la suma total de $3.785.000.000; (ii) 100.000.000 de acciones emitidas, por la suma de $4.000.000.000, las que se suscribirán en uno o más actos; y (iii) 100.000.000 de acciones y se suscribirán en uno o más actos, por la suma de $1.000.000.000, la que se pagarán al contado y en dinero efectivo, debidamente reajustada por la variación que experimente el índice de precios al consumidor entre la fecha de suscripción y la del día de pago efectivo.” La Sociedad rola inscrita a fojas 93604 número 40964 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2022. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 17 de marzo de 2025.