CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD CLÍNICA MIRADA AUSTRAL SpA

CVE 2623821
Capital
$200.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de marzo de 2025
Notaría
Osorno

Instrumento

Fecha
14 de marzo de 2025
Repertorio
1172-2025
Notario
PABLO ANDRES EISENDECHER BERTIN
Oficio
Segunda Notaria de Osorno
Comuna
Osorno

Sociedad

Capital
$200.000.000 CLP

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) la prestación de servicios de salud en todo tipo de establecimientos, locales, centros médicos, clínicas, hospitales y demás entidades similares; b) La administración de los recursos humanos, logísticos y afines, de los servicios de locales, centros médicos, Clínicas, hospitales y demás entidades similares; c) La realización, explotación, administración y prestación de servicios relacionados a la medicina, tales como consultas médicas de toda clase y especialidades, exámenes médicos y diagnósticos, procedimientos y cirugías, sea en forma directa o a través de convenios tanto a particulares o beneficiarios del fondo nacional de salud, institutos de salud previsional o cualquier otra entidad privada o pública; d) La compra, venta y comercialización de todo tipo de equipos médicos, insumos, medicamentos, y otros bienes muebles vinculados a la prestación de servicios médicos; e) El desarrollo de cualquier actividad o negocio relacionado con los giros enumerados en las letras precedentes

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO ANDRES EISENDECHER BERTIN, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaria de Osorno, con oficio Bernardo O’Higgins N° 691, certifica: por escritura publica de fecha 14 de marzo de 2025, repertorio N°1.172-2025, ante mí, INVERSIONES PYP LTDA, representada por don PATRICIO SAID ANUCH JURI, constituyó sociedad por acciones, cuyo estatuto se extracta: Nombre: SOCIEDAD CLÍNICA MIRADA AUSTRAL SpA, pudiendo usar indistintamente ante instituciones públicas y privadas nombre de fantasía CENTRO MÉDICO MIRADA AUSTRAL SpA. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) la prestación de servicios de salud en todo tipo de establecimientos, locales, centros médicos, clínicas, hospitales y demás entidades similares; b) La administración de los recursos humanos, logísticos y afines, de los servicios de locales, centros médicos, Clínicas, hospitales y demás entidades similares; c) La realización, explotación, administración y prestación de servicios relacionados a la medicina, tales como consultas médicas de toda clase y especialidades, exámenes médicos y diagnósticos, procedimientos y cirugías, sea en forma directa o a través de convenios tanto a particulares o beneficiarios del fondo nacional de salud, institutos de salud previsional o cualquier otra entidad privada o pública; d) La compra, venta y comercialización de todo tipo de equipos médicos, insumos, medicamentos, y otros bienes muebles vinculados a la prestación de servicios médicos; e) El desarrollo de cualquier actividad o negocio relacionado con los giros enumerados en las letras precedentes. Capital: $200.000.000, dividido en 100 ACCIONES nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga por los accionistas, conforme al artículo segundo transitorio de los estatutos, el cual se detalla a continuación: 1°) INVERSIONES PYP LTDA, suscribe 51 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, equivalentes a la suma de $102.000.000, que se obliga a pagar dentro del plazo de 90 días contados desde la fecha de protocolización de la escritura pública de Constitución; y 2°) Quedan pendientes de Suscripción y Pago la cantidad de 49 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, equivalente a la suma de $98.000.000 , que deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de protocolización de la escritura pública de Constitución. Si no se pagare el capital al vencimiento del plazo indicado, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. La administración, firma y uso de razón social será ejercida por un Directorio compuesto por tres miembros quienes ejercerán sus funciones por períodos de tres años, pudiendo ser reelegidos indefinidamente en sus funcione, amplias facultades articulo decimo noveno pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se faculto para inscribir. Osorno, 14 marzo 2025.