Be Fun SpA
Instrumento
- Fecha
- 10 de marzo de 2025
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifica que: por acuerdo de accionistas sin forma de junta de Be Fun SpA (la “Sociedad”) de fecha 10 de marzo de 2025, protocolizado en la notaría de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, bajo el repertorio número 4578/2025, los accionistas de la Sociedad acordaron lo siguiente: a) Modificación del número de acciones en que se divide el capital social: modificar el número de acciones en que se divide el capital social, sin aumentar ni disminuir éste, de manera que el capital social que asciende a la cantidad de $5.000.000 se divida en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal; b) Creación de dos nuevas series de acciones: Crear nuevas series de acciones, denominadas “Serie A” y “Serie Option Pool”, las que tendrán todos los derechos, preferencias y cargas que se establecen en el acuerdo de accionistas de la Sociedad; c) Aumento de capital: Aumentar el capital de la Sociedad en la suma de $696.188.102.-, esto es, desde la suma de $5.000.000.-, dividido en 10.000 acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, a la nueva suma de $701.188.102.- dividido en 12.048 acciones, de las cuales, 10.000 corresponden a acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal, 1446 corresponden a acciones Serie A, mediante la emisión de 1446 acciones Serie A, las que deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo de 180 días contados desde la fecha del acuerdo de accionistas de la Sociedad y 602 corresponden a acciones Option Pool, mediante la emisión de 602 acciones Option Pool, las que deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha del acuerdo de accionistas de la Sociedad; d) Otras modificaciones: Modificar los estatutos sociales en materias no extractables; y, e) Modificación de estatutos: otorgar un texto refundido de los estatutos sociales, con el objeto de reflejar las modificaciones acordadas. Demás estipulaciones constan en acuerdo de accionistas sin forma de junta. Santiago, 18 de marzo de 2025.