ASESORÍAS PROFESIONALES SANTINA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de marzo de 2025
- Repertorio
- 141-2025
- Notario
- Marco Francisco Urenda Bilicic
- Oficio
- Notaría N° 2 de Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será la prestación de todo tipo de servicios y asesorías profesionales en materia legal, financiera y de inversión
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMarco Francisco Urenda Bilicic, Notario Público Titular de la Notaría N° 2 de Santiago, Avenida Pajaritos N° 4.500 B, local N° 10, Maipú, Santiago, certifico que: por escritura pública fecha 14 de marzo de 2025, con el repertorio N° 141-2025, ante mí, PEDRO NOVOA URENDA y TANIA MARÍA RENDIC TRIGO, ambos domiciliados en Avenida Presidente Kennedy 6969, departamento 1601, Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “ASESORÍAS PROFESIONALES SANTINA LIMITADA”, nombre de fantasía “SANTINA LTDA.”. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de todo tipo de servicios y asesorías profesionales en materia legal, financiera y de inversión. Domicilio: Será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o en el extranjero. Duración: Será indefinido. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de un $1.000.000, el cual será aportado por los socios en la siguiente proporción: Don PEDRO NOVOA URENDA, con un 90%, equivalente a $900.000, monto que aporta en dinero efectivo, ingresándolo a la caja social en este acto. Doña TANIA MARÍA RENDIC TRIGO, con un 10%, equivalente a $100.000, monto que aporta en dinero efectivo, ingresándolo a la caja social en este acto. Administración, representación y uso de la razón social de la sociedad: Corresponderá a don PEDRO NOVOA URENDA. En caso de fallecimiento o impedimento del administrador, el uso de la razón social y la administración corresponderá a la socia doña TANIA MARÍA RENDIC TRIGO, con mismas facultades. La responsabilidad de los socios queda limitada a la de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, a 19 de marzo de 2025.