Arrendamientos Cordillera Limitada
Instrumento
- Fecha
- 26 de febrero de 2025
- Repertorio
- 16902
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43 a Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público Titular 43 a Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna y ciudad de Santiago, certifico: que, por escritura pública de saneamiento, de fecha, 26 de febrero de 2025, ante mí, don JOSÉ GÓMEZ RODRÍGUEZ, cédula de identidad número 7.101.262-K, comerciante, por sí y en representación de Inversiones Florencia SpA, sociedad comercial, rol único tributario 77.776.902-2; doña MARISOL DEL CARMEN GÓMEZ RODRÍGUEZ, cédula de identidad número 7.574.696-2, comerciante; doña MARÍA DOLORES GÓMEZ RODRÍGUEZ, cédula de identidad número 7.571.156-5, comerciante, todos domiciliados en Agustinas setecientos quince, oficina ciento veinte, comuna de Santiago, exponen; que por escritura pública de fecha 06 de julio de 2023, otorgada en la notaría de don Félix Jara Cadot, Repertorio 16.902, en el extracto de dicha escritura pública que fue inscrito a foja 68.067, número 29.394 del registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 2023, que sanean, se certificó que los comparecientes vendieron la totalidad de sus derechos sociales (0,7550 diez milésimas), en Arrendamientos Cordillera Limitada, a Inversiones Florencia SpA: doña Marisol Gómez Rodríguez aparece como dueña del 0,2450 diez milésimas del interés social, en forma errónea, en circunstancias que la totalidad de sus derechos, y que fueron objeto de la venta ascendía a 0,2451 diez milésimas del interés social; y doña María Dolores Gómez Rodríguez, como dueña del 0,2451 diez milésimas del interés social, en forma errónea, en circunstancias que continúa con la totalidad de sus derechos sociales en Arrendamientos Cordillera Limitada, que ascienden a 0,2450 diez milésimas del interés social. Que la totalidad de los derechos cedidos en Arrendamientos Cordillera Limitada corresponde a un capital de 0,7550 diez milésimas y no 0,7549 diez milésimas del interés social, como erróneamente aparece en el extracto. Santiago, 06 de marzo de 2025.