SOCIEDAD COMERCIAL Y SERVICIOS AUTOMOTRICES FOL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de febrero de 2025
- Notario
- Abogado
- Domicilio
- titular de la comuna de Quilpué
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| SOCIEDAD COMERCIAL Y SERVICIOS AUTOMOTRICES FOL LIMITADA | socio | 76430036-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPÍA FERNÁNDEZ ECHAGÜE, Abogado, Notario Público suplente del titular de la comuna de Quilpué, don CRISTIAN VILLALOBOS PELLEGRINI, con oficio en Quilpué, certifica: Por escritura pública de fecha treinta y uno de enero de dos mil veinticinco, Repertorio número doscientos siete de dos mil veinticinco otorgada ante mí, comparecen: JUAN MANUEL OLAECHEA BEÑARAN, cédula de identidad número 8.536.333-6, AITOR OLAECHEA LARREGUI, cédula de identidad número 16.888.210-6, AINHOA OLAECHEA LARREGUI, cédula de identidad número 16.574.221-4, EKIÑE NEREA OLAECHEA LARREGUI, cédula de identidad número 16.142.835-3, IKER OLACHEA LARREGUI cédula de identidad número 18.584.879-5, ANA MARÍA LARREGUI RODRIGUEZ, cédula de identidad número 6.967-028-8 y ASIER OLAECHEA LARREGUI, cédula de identidad número 18.784.251-4 y de; todos domiciliados en Las Acacias 1241, Parcela 40, comuna de Villa Alemana. Los comparecientes modificaron SOCIEDAD COMERCIAL Y SERVICIOS AUTOMOTRICES FOL LIMITADA, RUT 76.430.036-K, constituida con fecha 22 de marzo del año 2013, mediante escritura pública otorgada ante Notario Público de Quilpué don Carlos Swett Muñoz, inscrita a fojas 273 n°191 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villa Alemana, año 2014) Modificación consiste, quienes modifican la cláusula 4° de escritura de constitución de sociedad, relativa a la LA ADMINISTRACIÓN, representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don JUAN MANUEL OLAECHEA BEÑARAN, con amplias facultades establecidas en la segunda de la escritura extractada. En lo no modificado, mantiene plena vigencia estatuto social primitivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Quilpué, 5 febrero de 2025.